Comisión de Constitución del Senado despacha proyecto de amnistía a presos del estallido: se establecieron fechas y condiciones
La iniciativa quedó lista para ser vista en sala. Sin embargo, en dicha instancia no contaría con los votos suficientes para ser aprobado. Otro problema es que no hay acuerdo respecto a la fecha en que los senadores la podrían tratar, lo que significaría que quedaría para marzo.
Este miércoles la Comisión de Constitución del Senado terminó de votar las indicaciones al proyecto que busca amnistiar los delitos cometidos en el marco del estallido social del 18 de octubre.
En la víspera, la instancia había acordado el “catálogo de delitos” que se considerarían en la iniciativa, dejando fuera los hechos más graves, como el homicidio frustrado o las agresiones a policías. Sin embargo, los senadores decidieron incorporar dentro de la ley los ilícitos de incendio incluidos en los artículos 477 y 478 del Código Penal, que dicen relación con siniestros menores de objetos en los cuales no se pone en riesgo la vida de las personas y los daños no exceden las 40 UTM, por ejemplo, las barricadas, entre otros.
Y esta jornada continuó la votación del proyecto, quedando listo para ver en sala. Sin embargo, en dicha instancia no contaría con los votos suficientes para ser aprobado. Otro problema que enfrenta la iniciativa es que no hay acuerdo respecto a la fecha en la cual sería vista por los senadores, lo que significaría que podría quedar pendiente para marzo, luego del receso legislativo de febrero.
Así lo advirtió ayer el senador RD e impulsor del proyecto, Juan Ignacio Latorre. “No sé si va a haber voluntad política para que lo votemos en sala, por ejemplo, este jueves o bien la primera semana de marzo”, indicó.
En tanto, durante la sesión de este miércoles los legisladores aprobaron el periodo de tiempo que se considerará en la amnistía: entre el 7 de octubre de 2019 y el 9 de diciembre de 2020, ambos días inclusive.
También se determinaron las condiciones para la amnistía. Una de ellas consiste en que los delitos deben haber ocurrido en el contexto de las manifestaciones o desórdenes públicos acontecidos en el país con ocasión de las revueltas sociales durante el periodo antes mencionado.
Además, se acordó que no serán beneficiados por la amnistía quienes hubiesen sido condenados por crimen o simple delito de la misma especie antes de la perpetración de los hechos imputados en el contexto del estallido.
Por otro lado, los senadores establecieron que a quienes sean beneficiarios no se les extinguirá su responsabilidad civil por los delitos que hayan sido condenados.
Todas estas indicaciones fueron aprobadas por el presidente de la instancia, Pedro Araya (Ind.), y los senadores Francisco Huenchumilla (DC) y Alfonso de Urresti (PS), y contaron con votos de rechazo de Luz Ebensperguer (UDI) y Rodrigo Galilea (RN).
Finalmente, también se aprobó que el Estado podrá desarrollar un programa especial de reparación para las víctimas de los delitos o manifestaciones del estallido. Lo que se visó de forma unánime.
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