Comisión de Derechos Fundamentales aprobó en particular artículo que establece derechos sexuales y la interrupción libre del embarazo
Con 24 votos a favor, ocho en contra y una abstención, la instancia visó en particular el artículo que establece el derecho a decidir de forma libre sobre el cuerpo, la sexualidad y la libre interrupción del embarazo. La iniciativa es parte del segundo bloque de normas de la comisión y tras esta votación está lista para ser discutida y votada en el pleno.
Durante esta tarde, la comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional siguió con las votaciones en particular del segundo bloque y aprobó, entre otras cosas, un artículo sobre derechos sexuales y reproductivos. En concreto, el texto establece el derecho a decidir de forma libre sobre el cuerpo, el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer, la anticoncepción y la interrupción libre del embarazo.
El artículo 20 fue visado por 24 votos a favor, ocho en contra y una abstención. Entre quienes votaron de forma negativa a la iniciativa se encuentra: Felipe Harboe (Colectivo del Apruebo), Teresa Marinovic (Chile Libre), Katerine Montealegre (Unidos por Chile), Alfredo Moreno (Un Chile Unido), Bárbara Rebolledo (RN-Evópoli-Ind), Manuel Ossandón (RN-Evópoli-Ind), Rocío Cantuarias (Chile Libre) y Claudia Castro (Un Chile Unido).
La convencional Alondra Carrillo (Movimientos Sociales Constituyentes) celebró la aprobación en su cuenta de Twitter: “Avanza el derecho por un aborto libre y seguro y el derecho a decidir sobre nuestros cuerpos”, escribió.
En la misma línea, se aprobó el segundo inciso que señala que el Estado debe garantizar los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, “con enfoque de género, inlcusión y pertinencia cultural”. Al igual que asegurar el “acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello”, con el fin de asegurar a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar “las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos”.
En tanto, se aprobó un artículo que establece que todas las personas tienen derecho a recibir una educación sexual integral y que es deber del Estado asegurarlo.
Por su parte, la coordinadora de la comisión Janis Meneses (MSC), sostuvo en su defensa de la educación sexual Integral que esta “es un derecho y resulta indispensable para asegurar otros derechos. Como señala una consiga: educación sexual para decidir”.
En la instancia, también se suprimieron los artículos 21 y 22 que hacían referencia a derechos reproductivos y que especificaba dictar una ley que “asegure y garantice la erradicación de la violencia gineco-obstétrica, el parto respetado, el aborto libre…” entre otros.
De esta forma, y luego de ser votada en particular, la norma estaría lista para incluirse en el informe que la comisión presentará al pleno que decidirá si formará parte del borrador de la nueva Constitución.
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