Comisión de la Convención aprueba en particular normas sobre negacionismo y presencia de pueblos originarios en medios de comunicación públicos y privados

Derechos Fundamentales

La comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional aprobó una indicación que añade al artículo sobre libertad de expresión la responsabilidad del Estado de velar y promover la inclusión de los pueblos originarios en los medios de comunicación públicos y privados. Además, en la comisión se acordaron las bases de la libertad de expresión, como el derecho a emitir opinión e información.


Esta tarde la comisión de Derechos Fundamentales (DD.FF) de la Convención Constitucional aprobó en particular un artículo sobre libertad de expresión. En concreto, el texto establece principios como el derecho de opinar e informar, el acceso a la información veraz, plural e imparcial, y la fundación de medios de comunicación.

Sin embargo, algunos convencionales de la comisión alertaron sobre el contenido aprobado en sus incisos finales. Uno de ellos, presentado por la convencional Janis Meneses (Movimientos Sociales Constituyentes), quien es la coordinadora de la instancia, estipula que el Estado, “en conjunto con los pueblos y naciones indígenas a través de sus instituciones, velará y promoverá la presencia de la diversidad cultural indígena en los medios de comunicación públicos y privados, en sus respectivas lenguas”.

Además, el mismo inciso sostiene que el Estado debiese adoptar “medidas eficaces para garantizar el establecimiento de medios de comunicación indígenas propios.” Esta idea fue aprobada con 25 a favor y ocho en contra -Rocío Cantuarias (Chile Libre), Claudia Castro (Chile Unido), Patricio Fernández (Colectivo Socialista), Teresa Marinovic (Chile Libre), Katerine Montealegre (Unidos por Chile), Alfredo Moreno (Chile Unido), Manuel Ossandón (RN-Evópoli-IND) y Bárbara Rebolledo (RN-Evópoli-IND).

Frente a esto, la convencional Cantuarias señaló que se abrió la puerta a que “el Estado determine la verdad oficial”. Según argumentó, “se está desconociendo la legitimidad para expresar distintas visiones, lo que significa que ciertas personas se encuentran moralmente por sobre otras, lo que es absolutamente contrario a los fundamentos de la democracia. Estamos cayendo en campo fértil para que sistemas autoritarios se arraiguen en nuestra sociedad”.

La convencional Damaris Abarca (Frente Amplio), quien anteriormente se desempeñó como coordinadora de la comisión, sostuvo que la aprobación de la indicación “es un avance sustantivo en el reconocimiento de la identidad indígena”, ya que contribuye al pluralismo a través de la difusión de sus culturas, sus lenguas y cosmovisiones.

Asimismo, se aprobó -por 18 votos a favor y 15 en contra- una indicación, presentada por la convencional Dayyana González (Pueblo Constituyente), que apunta a la prohibición por ley de “la negación o justificación de las violaciones graves, masivas y sistemáticas a los Derechos Humanos”.

Sobre este inciso, Abarca señaló: “Hay que resguardar que la Constitución no sea un espacio para instalar discursos de odio, que suelen ir en contra de los más grupos más desfavorecidos”. En esta misma línea, Matías Orellana (Colectivo Socialista), quien también fue coordinador de la comisión, dijo: “La libertad de expresión ha quedado consagrada como un derecho, es un punto de partida importante. Sin perjuicio de eso, debe tener limitaciones, pues puede afectar el legítimo ejercicio de otros DD.FF consagrados”.

Las bases de la libertad de expresión

La comisión también aprobó -con 18 votos a favor y 14 en contra- el inciso segundo del artículo referido a la libertad de expresión, que establece que los medios de comunicación “tienen la responsabilidad social de contribuir y asegurar la pluralidad de opiniones e informaciones”. Para ello, según se explica, “el Estado deberá adoptar medidas que contribuyan y aseguren la pluralidad de voces y opiniones, sin que pueda intervenir sobre dichos medios de comunicación”.

Además, se aprobó la iniciativa que establece en el inciso tres que “toda persona natural o jurídica ofendida o injustamente aludida por algún medio de comunicación, tiene derecho a que su declaración o rectificación sea gratuitamente difundida por este en las condiciones que la ley determine”, materia abordada en la Constitución vigente. También se indica que en ningún caso la rectificación o respuesta “eximirán de las otras responsabilidades legales en que se hubiese incurrido”.

Por otro lado, la convencional y periodista Bárbara Rebolledo alertó sobre que, en el inciso uno del artículo, se rechazó que las personas jurídicas puedan tener y crear medios de comunicación. “Solo quedó la palabra ‘personas’. Según lo ya aprobado en titularidad, las personas jurídicas solo podrán tener los derechos que en esta Constitución se consagren expresamente. En otras palabras, los medios que pertenecen a una empresa, se mueren”, advirtió.

La comisión de Derechos Fundamentales continuará con la deliberación y votación en particular de iniciativas relativas a derecho público, derecho a la libertad personal y seguridad hasta las 21.00 horas de esta jornada.

Además, artículos relacionados a la libertad de información y de prensa también serán votados en el pleno entre el jueves y el viernes de esta semana a través del informe que preparó la comisión de Sistemas de Conocimientos luego de sus votaciones en particular.

En concreto, se votarán artículos que mencionan aspectos como el derecho de los pueblos originarios a acceder a medios de comunicación en sus propias lenguas, la responsabilidad del Estado de velar por el pluralismo de los medios y fomentar la “educación mediática” con perspectiva de género, de Derechos Humanos y plurinacional, así como también de garantizar la seguridad de quienes ejercen la labor de comunicar.

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