Comisión de Seguridad: diputados aprueban norma que permite a presos por causas de DD.HH. cumplir condenas en sus casas

Comisión de Seguridad Cámara
Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados. Fotografía:- Johanna Zárate Pérez.

Esto, en el marco de la discusión y votación del proyecto que modifica diversos cuerpos legales para agravar las sanciones ante crímenes contra la vida de las personas.


La tarde de este lunes, la comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados continuó la discusión y votación del proyecto que modifica diversos cuerpos legales para agravar las sanciones ante crímenes contra la vida de las personas.

Se trata de una iniciativa legal que toma como fundamento y recoge la proposición normativa contenida en otros proyectos promovidos por parlamentarios que son o han sido integrantes de la bancada de diputados de Renovación Nacional (RN).

En definitiva, proyectos que poseen una finalidad semejante y se enmarcan asimismo en abordar el fenómeno criminal violento y los delitos con resultado de muerte.

Con todo, durante esta jornada se aprobó -por tres votos a favor y dos en contra- una polémica norma impulsada por los parlamentarios Diego Schalper (RN), Johannes Kaiser (ind.-exrepublicano), Jorge Alessandri (UDI) y Cristian Araya (Partido Republicano).

La indicación en cuestión señala que “se concederá libertad condicional para aquellas personas condenadas que hubiesen cumplido 75 años de edad y padecieran una enfermedad terminal o inhabilitante. En todo caso, deberán cumplirse las normas generales y requisitos que regulen su otorgamiento y revocación”.

Una de las diputadas que votó en contra de la norma fue Lorena Fríes (CS), quien argumentó que “es efectivo que hay personas adultas mayores en todos los centros penitenciarios, pero la concentración de adultos mayores está efectivamente en Punta Peuco. Y yo estaría de acuerdo con un proyecto así si se hubiera hecho la excepción respecto de personas condenadas por crímenes de lesa humanidad. Porque bajo esta indicación es posible también que esas personas que no han contribuido, que ingresaron tardemente a los recintos penitenciarios, pasaron muchos años en libertad. La verdad es que no me parece de justicia”.

Kaiser, por su parte, dijo a favor de la indicación: “Hay penales del país en los cuales hay adultos mayores de 75 años de edad, algunos de 80, 84, 90 años, incluso más, que se encuentran muchas veces en estado de demencia, que se encuentran sufriendo enfermedades terminales, y que no pueden ser, por tanto, sujetos al mismo trato que el de la población penal general, en razón de su condición distinta, sus necesidades y demandas de atención que son distintas a las de la población general”.

La norma recuerda a la controversial enmienda que el Partido Republicano del Consejo Constitucional ingresó para modificar el anteproyecto elaborado por el Comisión Experta.

Esta indicaba: “Las personas mayores de 75 años o que padezcan enfermedades terminales, debidamente calificadas, cumplirán la prisión preventiva, presidio o reclusión en su domicilio. Esta disposición solo será aplicable a aquellos casos en que la conducta sancionada no represente un peligro actual para la sociedad”.

Y también se suma al proyecto de ley que regula el cumplimiento alternativo de penas privativas de libertad para personas que mayores y que padecen enfermedades graves, votado en la comisión de Derechos Humanos del Senado en enero pasado.

La iniciativa, iniciada en moción de los senadores de RN Francisco Chahuán, Carlos Kuschel y Rodrigo Galilea, Luciano Cruz-Coke (Evópoli) y Enrique Van Rysselberghe (UDI), que fue rechazada, planteaba que puedan cumplir penas en su domicilio personas condenadas que padezcan enfermedades terminales o menoscabo físico grave, o que hayan cumplido determinada edad, en el caso de los hombres 70 años y de las mujeres 65.

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