Comisión de Sistema Político aprueba que el “Congreso Plurinacional” esté compuesto por 205 parlamentarios y posibilidad de llegar al cargo con 18 años de edad
Durante la jornada de este miércoles, la comisión de la Convención Constitucional visó indicaciones que establece, entre otras cosas, que los diputados y diputadas poseerán dedicación exclusiva a su cargo y quienes resulten electos deberán tener residencia efectiva en el territorio correspondiente por un periodo no menor a los dos años. Las indicaciones aprobadas hoy en general deberán ser votadas en particular en la comisión para luego ser discutidas y votadas en la instancia plenaria.
En una nueva jornada de votaciones en particular, el paso previo a las votaciones en el pleno, la comisión de Sistema Político de la Convención Constitucional, compuesta por 25 convencionales, discutió nuevos artículos que marcan la configuración de la estructura del Poder Legislativo que se va a proponer en la nueva Constitución.
En concreto, se aprobó un artículo referido a la composición del eventual “Congreso Plurinacional”, que reemplazaría a la actual Cámara de Diputados y Diputadas. Según quedó estipulado, el órgano estaría integrado por un número no inferior a 205 miembros. En el artículo también se detalla que los diputados serían electos a través de un sistema electoral mixto y que habría escaños reservados para pueblos originarios y tribales.
Estas características se suman a la indicación presentada por Marcela Cubillos (Un Chile Unido) y Constanza Hube (Unidos por Chile) aprobada ayer y que otorgaría a la Cámara Territorial -que reemplazaría al Senado- mayor injerencia en la tramitación de algunos proyectos de ley.
Para Cubillos, lo aprobado en la jornada de hoy deja incógnitas que, espera, puedan resolverse en lo que queda de la Convención. “Se aprueba un Congreso que tiene no menos de 205 integrantes. Pero ¿qué pasa con los integrantes de la Cámara Territorial? Aún queda mucho por ver para tratar de sacar un tema que sea más coherente, porque hasta hoy no tiene mucha coherencia todo lo que se está aprobando”.
Sobre el número de integrantes, el convencional Guillermo Namor (Independientes No Neutrales) afirmó: “Sé que la integración del nuevo Congreso puede llamar la atención por su número, pero lo relevante es su forma de integración con una regla de paridad, corrección territorial y con escaños indígenas. Y, sobre todo, con una orientación a la nueva forma de estructurar la democracia en base a programas políticos, con un sistema de elección de listas cerradas pero no bloqueadas”.
Por su parte, Marcos Barraza (Chile Digno) explicó que la composición de 205 diputados y diputadas responde a lo que se busca implementar a través del diseño presentado de Congreso plurinacional unicameral. “El Congreso plurinacional absorbe la cantidad de parlamentarias y parlamentarios en términos de número, tanto de la actual Cámara como del actual Senado, de manera tal de ampliar la representación, pensando en integración programática, distrital, en integración territorial y de escaños reservados”, detalló.
En esta misma línea, la convencional Alondra Carrillo (Movimientos Sociales Constituyentes) se mostró optimista de los artículos aprobados, pues considera que se ha avanzado en dar forma al “Congreso Plurinacional”. “Ha quedado establecida ya su integración paritaria y hoy se suman la incorporación de escaños para los pueblos originarios, la residencia efectiva en el distrito como exigencia para quienes postulen a diputados, así como un sistema electoral proporcional, que fortalece la representación de proyectos colectivos en el órgano legislativo”, destacó.
¿Cómo se integrará el Congreso Plurinacional?
De igual forma, la comisión visó la indicación que señala que sólo las organizaciones políticas que cuenten con al menos el 4% de los votos emitidos en la elección de sus miembros, o que logren al menos tres diputadas o diputados electos de distritos diferentes, tendrían representación dentro del Congreso Plurinacional. Esta fue presentada por convencionales de Independientes No Neutrales, el Colectivo Socialista y el Colectivo del Apruebo, y fue aprobada con 15 votos a favor y diez en contra.
Una de las propuestas más llamativas fue la contenida en el artículo 13, que alteraría las características que deben tener las diputadas y diputados electos. En concreto, se estableció que se reduciría la edad de 21 a 18 años para ejercer el cargo. A la vez, se eligió mantener el requisito de haber cursado la enseñanza media o equivalente, ser ciudadano y contar con derecho a voto.
En este sentido, Cubillos (Un Chile Unido), quien integra la comisión de Sistema Político, expresó no tener mayores inconvenientes respecto a la modificación de la edad del cargo de diputado. No obstante, tachó de “insólita” la polémica generada en torno a la indicación que establecía -como requisito para ejercer el cargo- contar con la enseñanza media o equivalente cursada.
Respecto a esta discusión, por la cual votó en contra, el convencional Barraza (Chile Digno) señaló: “No estamos de acuerdo con que se le exija enseñanza media cumplida, porque en Chile aún son muchas las personas que, no obstante al avance de las políticas públicas, no tienen enseñanza media, especialmente mujeres. Eso no las inhabilita para tomar decisiones juicios y prudentes desde el punto de vista de la política”.
En cuanto a la edad de los votantes, Barraza (Chile Digno) afirmó: “Las personas a los 18 ya están en condiciones de tomar decisiones personales, de responsabilización penal. Ya la tienen desde los 14. A los 18 es posible tener también reconocimiento político. En consecuencia, disminuir la edad es un criterio razonable”.
“Algunos consideraban que era una exigencia demasiado alta, y la verdad es que en Chile, con el nivel de educación que tenemos y todo, nos parecía que era un requisito obvio y mínimo (...) fue bueno que sí se aprobó con una convergencia de todos los votos”, señaló.
Asimismo, la comisión visó la indicación que sostiene la dedicación exclusiva al cargo de diputado y diputada, ya que según se expresa en la indicación “el puesto de diputada o diputado es incompatible con todo empleo, función, comisión o cargo de carácter público o privado”. En caso de ser notificada esta situación por el Tribunal Calificador de Elecciones, la diputada o diputado “cesará en el otro cargo, empleo o comisión incompatible que desempeñe”.
Además, a través de una indicación presentada por integrantes del Colectivo Socialista, Independientes No Neutrales y el Colectivo del Apruebo, se aprobó -con 21 votos a favor, tres en contra y una abstención- que los diputados electos debiesen tener residencia efectiva en el territorio correspondiente durante un plazo no inferior a dos años contados hacia atrás desde el día de la elección. “Se entenderá que un diputado o diputada tiene su residencia en el territorio correspondiente mientras lo represente en el cargo”, se especifica en la indicación.
Lo aprobado en particular será integrado en el informe que la comisión elaborará en los próximos meses, para posteriormente someterlo a votación en el pleno, en general y particular, a partir del 11 de marzo.
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