Consejo aprueba norma que protege “la vida de quien está por nacer”, que enfermos terminales cumplan condenas en sus casas y expulsión de migrantes irregulares “en el menor tiempo posible”
La izquierda acusó que este artículo pone en riesgo la ley de aborto en tres causales, mientras que la derecha celebró ya que, consideran, es un avance respecto de lo que establece actualmente la Constitución vigente. El oficialismo además reprochó que republicanos y Chile Vamos apoyaran una cláusula que, según dijeron, sería un "perdonazo" para los internos de Punta Peuco.
Durante este miércoles, el Consejo tuvo su segunda sesión plenaria y continuó con las votaciones del borrador de nueva Constitución. Para hoy, estaba en tabla el capítulo II del texto, relativo a los derechos y libertades fundamentales.
Este capítulo viene acompañado de un par de normas emblemáticas que han causado polémica en el debate público. Por un lado, la indicación que establece que la ley “protege la vida de quien está por nacer”, que es una modificación sustantiva a lo que establece el anteproyecto redactado por la Comisión Experta.
El texto de los comisionados, debido a la insistencia de Chile Vamos, intentó agregar una cláusula similar a la Constitución vigente, pero la izquierda no dio sus votos. En el Consejo, los representantes de la derecha optaron por una pequeña modificación. Así pasaron de la cláusula de la Constitución vigente que establece que la ley protege “la vida del que está por nacer”. El cambio entre ambas expresiones implicó un áspero debate constitucional, pues desde el oficialismo acusan que la expresión “quien” impide que se siga ejecutando la ley de aborto en tres casuales.
El primer inciso del artículo 16 fue aprobado en conjunto por las tres bancadas de derecha, es decir, Chile Vamos y republicanos. El oficialismo, por su parte, puso sus 17 votos negativos.
Esta norma fue defendida con fuerza por republicanos. María Gatica, representante de esa bancada, señaló que “esto va más allá del aborto, si bien esta disposición tiene entre sus implicancias la prohibición de que las leyes a futuro establezcan el aborto como un derecho, tiene además muchas otras consecuencias igualmente positivas, que van en beneficio directo de los niños en gestación y sus madres”.
Por contraparte, la consejera María Pardo (CS), criticó duramente el cambio de expresión, afirmando que “no es lo mismo, que no nos pasen gato por liebre, hay un cambio en el lenguaje y no es cualquier palabrita, es una palabra importante, que abre la vía interpretativa, precisamente para retroceder en el derecho de las mujeres. No es inocuo el cambio, no es cualquier cosa, cuando hablamos de lenguaje constitucional, no es un juego, es lenguaje político, es lenguaje que crea realidades, que abre la vía para consagrar derechos o para hacer todo lo contrario, y este es el caso de lo que se está proponiendo con la protección de la vida de quien está por nacer”.
Condenas desde sus casas
La otra votación que resaltó durante sesión fue la norma que permite que enfermos terminales cumplan su condena en sus casas. La crítica a esta norma es que se trata de un “perdonazo” a los reos de Punta Peuco.
“Las personas condenadas a una pena privativa de libertad podrán solicitar al tribunal competente la sustitución de dicha pena por la de reclusión domiciliaria total siempre que se acredite conforme a la ley, la existencia de una enfermedad terminal y que el condenado no represente un peligro actual para la sociedad”, se lee en la cláusula.
Este artículo se trata del reemplazo de una de las enmiendas que republicanos se comprometió públicamente a desechar. Esa norma establecía lo siguiente: “Las personas mayores de 75 años o que padezcan enfermedades terminales, debidamente calificadas, cumplirán la prisión preventiva, presidio o reclusión en su domicilio. Esta disposición solo será aplicable a aquellos casos en que la conducta sancionada no represente un peligro actual para la sociedad”.
Es por eso que la izquierda criticó esta indicación, acusando que significa un “perdonazo” a los reos de Punta Peuco. Así lo marcó el consejero Yerko Ljubetic (CS) en su intervención en el pleno. “Hay diversas razones por las cuales nos asiste el derecho legítimo a pensar que esto es simplemente una enmienda que es la legítima sucesora de la enmienda Punta Peuco retirada por los republicanos por haber generado reproche ciudadano generalizado”, dijo el consejero de CS.
Su par del PC, Karen Araya, emplazó directamente a los autores de la norma original. “Quiero recordarle al pleno y sobre todo a la ciudadanía que los republicanos se habían comprometido a eliminarla, pero eso no sucedió. Me gustaría pedirle a los consejeros de ese partido que le expliquen al país ¿por qué no cumplieron dicho compromiso?”, señaló Araya.
La norma fue aprobada por 31 votos a favor de la derecha, 18 votos en contra del oficialismo en bloque y la consejera de RN Lorena Gallardo, y una abstención de Gloria Hutt (Evópoli).
Expulsión de migrantes
Por otro lado, se visó -en conjunto por la derecha- una enmienda que se refiere a la expulsión de migrantes que hayan ingresado por pasos no habilitados. “La ley regulará el ingreso, estadía, residencia y egreso de extranjeros del territorio nacional. Los extranjeros que ingresen al territorio nacional de forma clandestina o por pasos no habilitados, serán expulsados en el menor tiempo posible o devueltos a su país de origen, tránsito o residencia, salvo en los casos de refugio o asilo expresamente contemplados en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”, se lee en la norma.
La regulación además incluye que “los extranjeros que cometan un crimen o simple delito dentro del territorio nacional y sean condenados a presidio efectivo, deberán cumplir la pena carcelaria en su país de origen, cuando corresponda, y en caso de cumplir la pena en nuestro país serán inmediatamente expulsados”.
En el oficialismo previamente habían planteado que no es un tema que corresponda a regulación constitucional y a su vez que sería “letra muerta” debido a que, dicen, “no hay forma de hacerlo operativo” debido a un tema de jurisdicción, ya que las sentencias de los tribunales chilenos solo tienen competencias en territorio nacional.
El Consejo seguirá votando el resto de las normas del capítulo durante la tarde de este miércoles.
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