Contraloría dictamina que las autoridades públicas pueden hacer “campaña informativa” sobre plebiscito de salida sin favorecer a ninguna opción
El ente fiscalizador se pronunció luego de diversos reclamos de figuras de Chile Vamos por la realización de una transmisión en la que participaron los ministros Giorgio Jackson y Camila Vallejo a través de cuentas institucionales, donde hablaban del proceso constituyente.
La Contraloría emitió un dictamen, durante este martes, de cara al plebiscito de salida del 4 de septiembre, donde se da cuenta -tras diversos reclamos de figuras opositoras- que se permite que las autoridades, jefaturas y funcionarios públicos puedan hacer campaña informativa, como también invitar a participar del proceso sin que eso sea una irregularidad.
El hecho tomó relevancia luego de que la ministra de la Secretaría general de gobierno (Segegob), Camila Vallejo, participara junto al ministro de la Secretaría general de la presidencia (Segpres), Giorgio Jackson, en una transmisión “en vivo” a través de Instagram de la cuenta institucional de la cartera, donde se habló del proceso constituyente.
El video fue trasmitido el 21 de abril y días más tarde, la Contraloría emitió un instructivo referente a la materia respecto a la probidad administrativa. Sin embargo, llegó un requerimiento de los diputados Felipe Alessandri y Juan Antonio Coloma por esta transmisión y otro del diputado Gonzalo de la Carrera por dichos de Jackson el 22 de abril sobre el proceso constituyente, entre otros episodios.
“Esta Contraloría General considera que luego de su emisión y amplia difusión, todas las autoridades, jefaturas y funcionarios públicos deben ceñirse estrictamente a ellas, de manera que los indicados personeros se encuentran en el imperativo a ajustar su conducta a las citadas instrucciones en lo sucesivo”, dice el dictamen en referencia a lo ya emitido a finales de abril.
Además, dicha comunicación del órgano contralor, asegura que “es necesario hacer presente que no se opone a los citados principios de juridicidad, probidad y apoliticidad, el que el Estado a través de los organismos relacionados con funciones de comunicación tales como el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República, y los ministerios Secretaría General de Gobierno y de Desarrollo Social y Familia, efectúe una campaña sobre la importancia de concurrir a participar en el plebiscito y que informe acerca de las características de dicho proceso y las posiciones plebiscitadas, a fin de que la ciudadanía esté debidamente informada sobre la materia. Lo anterior, por cierto, en la medida que aquello se ejecute con la debida imparcialidad”.
El video de la polémica
El video que abrió la polémica sobre la prescindencia política no era el primero que se emitía de las cuentas institucionales del Ministerio de la Secretaría General de Gobierno, encabezado por Camila Vallejo. Cuando el ministro Giorgio Jackson fue el invitado, era la tercera emisión que había del espacio informativo y en él hablaron del proceso constituyente.
“Estamos realizando esta transmisión, porque estamos muy contentos y contentas de los avances que ha tenido el trabajo de las y los convencionales”, dijo Vallejo, remarcando en varias oportunidades los roles ministeriales de ella y su invitado y que la grabación se realizaba desde su oficina de la Segegob.
“En estos nueve meses, (la Convención) ha parido cosas importantes, como son los derechos fundamentales. Y destacamos en esta transmisión aquello, porque han sido décadas, donde ciudadanas y ciudadanos vienen peleando para que el Estado resguarde sus derechos, pueda garantizar derechos, como el derecho a la vivienda, a la seguridad social…, no solamente a través de las pensiones, también en momentos de crisis”, complementó la ministra sin prever las consecuencias de su “en vivo”.
En la oportunidad, la profesora de Derecho Administrativo de la UDD Constanza Tobar, aseguró a La Tercera que “este video está en el límite, porque los ministros han tomado la opción de informar a la ciudadanía sobre las materias que han sido aprobadas, pero lo que no debe hacer es gobierno es promover una opción determinada”. Y agregó: “El gobierno no puede, en ningún caso, favorecer alguna de las dos opciones (Rechazo o Apruebo). El gobierno no debe perder de vista la imparcialidad para resguardar el éxito del proceso constituyente”, quien precisó que en Chile igualmente “existe un régimen de libertades amplio, que contempla las libertades de expresión y de opinión, por lo tanto todas las personas son libres de expresarse y asociarse. Lo importante es que los funcionarios públicos no lo hagan dentro de su jornada de trabajo”.
“Es el ejemplo interpretable, porque en el fondo (está la duda) si están hablando de una opción (caso que no estaría permitido) o de la importancia del proceso (cosa que sí podrían manifestar). Ahora yo creo que ellos estaban hablando de la importancia del proceso”, afirmó por su parte el profesor de Derecho Administrativo de la U. de Chile, Luis Cordero.
Cordero agregó que las autoridades del Ejecutivo “deben tener cuidado en los límites informativos. Una cosa es la conversación sobre la importancia del proceso, pero otra cosa son las prestaciones y beneficios públicos concretos, así como utilizar su posición y el Estado para promover una opción sobre otra”.
Mientras que el abogado experto en Derecho Administrativo de la Unab, Gabriel Osorio, manifestó que “la actividad desarrollada por los ministros, en mi opinión, está un poco fuera de los límites que exige no sólo la Contraloría, sino que la ley. Recordemos que los bienes o recursos públicos, en el caso de la Segegob, solo pueden utilizarse para el cumplimiento de sus fines específicos (...) y en el presente caso, si bien no hacen un llamado a votar, se utilizan recursos para difundir informaciones fuera del ámbito de la propia Administración del Estado, lo que vulnera la legislación”.
En medio de la polémica, fue el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral, Andrés Tagle, quien señaló que la transmisión de los ministros “no constituye campaña electoral” y que era normal que organismos opinen “sobre esas normas, especialmente si son de su competencia... Eso no constituye campaña”.
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