Defensa de Chadwick advierte que ausencia de cuatro senadores en sesión de ayer vulnera su debido proceso y pide pronunciamiento de la mesa del Senado
Ad portas de votación de acusación constitucional en contra del exministro del Interior, su defensa pidió a la Cámara Alta tomar medidas luego de que este martes no estuvieran presentes en la formalización del libelo ante esa corporación los senadores Guido Girardi (PPD), Juan Ignacio Latorre (RD), Felipe Kast (Evópoli) y Ximena Órdenes (PPD).
Antes de que se iniciara la segunda jornada de revisión de la acusación constitucional en contra del exministro Andrés Chadwick en el Senado, su defensa, el penalista Luis Hermosilla, ingresó un escrito ante la secretaría de la Cámara Alta.
En el documento de siete páginas, al que accedió La Tercera, el abogado advierte que los votos que emitirán hoy los senadores Guido Girardi (PPD), Juan Ignacio Latorre (RD), Felipe Kast (Evópoli) y Ximena Órdenes (PPD) -quienes no concurrieron ayer a la formalización del libelo ante esa corporación por encontrarse fuera del país- pondrían en riesgo el derecho a un debido proceso de su representado.
"Es posible concluir que la tramitación de una acusación constitucional ante este Honorable Senado es un proceso continuo, de carácter jurisdiccional, que requiere la presencia del acusado y de los miembros del jurado que decidirán sobre su culpabilidad o inocencia", se lee en el texto.
Así, Hermosilla subraya que según el propio reglamento de la Cámara Alta esta debe tomar "conocimiento de la acusación por medio de la relación que hará el Secretario".
"Ese hito, expresado con tanta claridad, es clave para dar por iniciado el proceso en virtud del cual el Senado se inviste de la calidad de jurado, en cuanto la jurisdicción importa, desde luego, el conocimiento de la materia sobre la que se deberá fallar con posterioridad, sin que sea necesario distinguir si es un asunto político, como si fuera opuesto a lo jurídico", advierte el escrito.
Y agrega: "Si existen miembros de este Honorable Senado, que no tomaron conocimiento de la acusación, ni de la formalización, ni de los descargos de la defensa ni de la declaración del acusado, no cuentan con los elementos mínimos para formular un pronunciamiento de fondo sobre culpabilidad o inocencia, como se expone en el siguiente capítulo".
El escrito destaca que "consideramos que el mínimo estándar del debido proceso que debe cumplir el Senado -en cuanto a jurado que resuelve la acusación constitucional- es el de estar en ejercicio y presente en el trámite de la acusación constitucional, esto es, al momento de tomar conocimiento de la acusación mediante la relación del Secretario, la formalización de la misma por parte de la comisión de Honorables Diputados que la sostienen, escuchar las alegaciones de la defensa, todos trámites amparados por un orden consecutivo legal que sostienen el procedimiento racional y previamente establecido, al que se sujeta la tramitación de una acusación constitucional. Cobra especial importancia el artículo 5 inciso 2º de la CPR, en relación con los artículos 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, esto es, "toda persona tiene derecho a ser oída".
En esa línea, se plantea que "sostener que una acusación constitucional es un juicio de carácter político o constitucional no transforma a este instituto en un trámite carente de reglas, sino todo lo contrario. Cuando se discute sobre responsabilidad política, el jurado debe al menos haber tomado conocimiento de la acusación, la formalización y los descargos de la defensa y al menos, haber oído al acusado. No existe ningún procedimiento racional en que el jurado no esté obligado a escuchar a las partes para conocer y resolver. Sostenemos, con toda responsabilidad, que aquello es propio únicamente de procesos alejados a cualquier tipo de garantía y vulnerando los estándares más mínimos para imponer un castigo".
"¿Qué apego al debido proceso puede tener el jurado ausente que resuelve la acusación? Es precisamente ese riesgo el que hoy en día se corre. Es imprescindible atender a la obligación del jurado a resolver en conciencia, por ende, su fallo debe estar formado en aquello que conoció durante el proceso, motivado por su fuero interno y con responsabilidad. No sólo se arriesga la legalidad y legitimidad de la resolución que absuelva o declare culpable al Sr. Chadwick Piñera, sino que también se materializaría un injusto sumamente grave para la historia del país: la declaración de culpabilidad de un ex Ministro de Estado, sin las garantías mínimas que permitan sostener el peso histórico de tan importante decisión", agrega el escrito.
Así, el jurista solicita a la mesa del Senado "que se tomen las medidas pertinentes para resguardar el debido proceso de mi representado, que rige en este proceso constitucional".
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