En qué consiste el proyecto aprobado por la Comisión de Constitución que tipifica como delito la zoofilia

maltrato animal

La práctica, que hace referencia a la violación de un ser humano a un animal, no está tipificada como ilícito, pues el marco legal que existe actualmente es la ley Cholito, que no incorpora este tipo de actos que se han registrado en el último tiempo.


La tarde de este martes, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en general el proyecto que apunta a modificar el Código Penal para tipificar como delito la zoofilia, iniciativa que fue ingresada hace tres años, en septiembre de 2021, por el diputado Diego Ibáñez (FA).

Cabe señalar que esta práctica, que hace referencia a la violación de un ser humano a un animal, no está tipificada como ilícito, pues el marco legal que existe actualmente es la ley Cholito, que no incorpora este tipo de actos.

En la instancia estuvo presente el ministro secretario general de la Presidencia, Álvaro Elizalde, quien presentó una indicación del Ejecutivo que busca complementar el proyecto en el sentido de que se tipifique “una forma de maltrato y no una forma de delito nuevo”.

Esto se entendería, según el secretario de Estado, “porque no tenemos como saber si hay o no consentimiento”. Dicha situación, acotó, sí se puede dilucidar en el caso de una persona mayor de edad.

Asimismo, explicó que se propone una tipificación que se basa en la afectación corporal del animal con actos de significación sexual.

“Lo que estamos tipificando es dentro de los actos de maltrato o crueldad con animales, los actos de maltrato constitutivos de bestialidad”, agregó.

De esta forma, “se entenderá por bestialidad la realización de cualquier acto de connotación sexual que afecte los genitales, ano o cavidad bucal del animal que no sea realizado con fines legítimos”. Entre estos últimos estarían los que realizan veterinarios o científicos, como también aquellos actos que están destinados a prácticas reproductivas.

Elizalde enfatizó en la comisión que la indicación satisface el sentido de los proyectos presentados por los mocionantes, y además, se establecería una regulación del todo precisa que no debiera generar problemas de interpretación.

Comisión de Constitución Cámara de Diputados

Delito de difícil descubrimiento

En la sesión también intervino el abogado de la Dirección General de la Policía de Investigaciones (PDI), Omar Castro, quien valoró que “es de toda conveniencia que se incluya este delito”, precisando que, si bien la denominada ley Cholito significó un avance notorio, esta normativa dejó fuera el tema de la zoofilia.

En este sentido, expuso que la habilidad del policía es fundamental para determinar este tipo de delitos que son de difícil descubrimiento. Resaltó que ello se debe a que, por lo general, su comisión se produce en solitario y sin testigos del hecho.

“Consideramos que esta conducta zoofílica o bestial debe estar tipificada, necesariamente, toda vez que la consideramos pluriofensiva, en el sentido del bien jurídico que protege, que subyace a esta nueva forma de tomar el delito de zoofilia”, comentó.

El profesional letrado detalló que la experiencia de los oficiales investigadores muestra una diferencia con el acto de significación zoofílica, estimando que “son otro tipo de conductas que quedan finalmente en la impunidad”.

Otra exponente fue la abogada especializada en delitos ambientales y representante de la Fiscalía, Valeria Jélvez, quien manifestó su acuerdo y valoración de los proyectos presentados sobre el tema.

“Nos parece que representa una explicitación de una conducta especialmente relevante que se puede producir en contra de animales, pero haciendo siempre presente la relevancia que tiene para nosotros dejar constancia que, a nuestro juicio, estas conductas están bajo el contenido de lo que hoy se entiende como maltrato animal”, especificó.

A la vez, argumentó que, hoy, sin tener esta explicitación en el Código Penal, “entendemos que estamos facultados para efectos de la persecución penal de actos de connotación sexual que se realicen contra animales”.

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