Gobierno anuncia nueva redacción de ley de libertad condicional
Ministro de Justicia asistió a la comisión mixta que revisa esa iniciativa y advirtió que normas internacionales no obligan a excluir a condenados por delitos de lesa humanidad.
Hasta la primera sesión de la comisión mixta que revisa el proyecto de libertad condicional llegó este miércoles el ministro de Justicia, Hernán Larraín, para presentar la postura del Ejecutivo en torno a esta moción parlamentaria -frenada en el Congreso desde 2016- que se reflotó tras la polémica decisión de la Corte Suprema de conceder, precisamente, ese beneficio a condenados por delitos de lesa humanidad.
En ese contexto, y en momentos en que las bancadas de la oposición ya anunciaron que impulsarán una acusación constitucional contra los miembros del máximo tribunal, Larraín pidió a la división jurídica de su cartera comenzar a trabajar en una redacción alternativa del proyecto, con el fin de consensuar las discrepancias entre el Senado y la Cámara.
"Vamos a buscar un texto que permita el acuerdo, porque nos parece que estas son materias que no pueden juzgarse a la luz de un caso específico", sostuvo Larraín tras la sesión, aunque no comprometió un plazo para presentar la nueva redacción.
La idea de Justicia es guiar el debate de la comisión, estableciendo como base el Estatuto de Roma, que fue ratificado por Chile en 2009. Así, la idea es evitar que se imponga la propuesta de la Cámara -que fue rechazada por el Senado, dando paso a la instauración de la comisión mixta-, la que excluye a los condenados por violaciones a los derechos humanos de acceder al beneficio de libertad condicional.
En su intervención ante la instancia, Larraín hizo una extensa reflexión sobre cuáles son las obligaciones internacionales que tiene Chile en materia de derechos humanos. En ese sentido, advirtió que ninguna norma impone sobre el Estado el deber de excluir del beneficio de libertad condicional a los condenados por delitos de lesa humanidad.
El Estatuto de Roma establece en su artículo 110 que para que un condenado por esos ilícitos acceda a la revisión de la pena, debe haber cumplido al menos las dos terceras partes de la misma o 25 años de prisión efectiva en caso de cadena perpetua. Dicha solicitud se puede conceder siempre que se cumpla con determinados requisitos, entre ellos, el haber manifestado desde el principio de la investigación y de manera continua su voluntad de cooperar con la corte y facilitar de manera espontánea la ejecución de las decisiones y órdenes de la corte en otros casos, "en particular ayudando a esta en la localización de los bienes sobre los que recaigan las multas, las órdenes de decomiso o de reparación que puedan usarse en beneficio de las víctimas".
Así, según dicen en Justicia, la propuesta que presente el gobierno consideraría esos factores, sin incluir, por lo tanto, que exista la necesidad de mostrar arrepentimiento para optar a la libertad condicional.
El ministro Larraín, además, advirtió sobre la complejidad que puede suponer que la norma que se despache del Congreso sea de carácter retroactivo. "Hay fallos de la CIDH que señalan que en materias penales no existe la retroactividad, y no solo respecto de normas sustantivas, sino que también procesales", dijo. Así, abordó la historia de los fallos de la propia Suprema en este tema y aseguró que "hay una jurisprudencia que ha variado".
Sin embargo, desde la oposición refutaron lo planteado por el ministro, argumentando que este era un tema de "principios".
"En Chile y en todo el mundo los delitos comunes son distintos a los delitos de genocidio y a los de lesa humanidad. Tienen un tratamiento completamente distinto. Debe existir siempre una garantía de no impunidad", dijo el diputado Leonardo Soto (PS).
Por su parte, el diputado Matías Walker (DC) propuso a la mixta una solución intermedia entre lo aprobado en ambas cámaras, aumentando el plazo de cumplimiento de pena para que condenados por delitos contra los DD.HH. puedan acceder a su revisión.
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