Gobierno ingresa a Contraloría decreto de Estado de Excepción para el “resguardo de las rutas” de la Macrozona Sur por 15 días
En el documento presentado por el Ejecutivo se establecen una serie de medidas que ya se habían visto en otros Estados de Emergencia aplicados anteriormente, como la autorización de reuniones, control de accesos o el dictar medidas de protección para servicios de utilidad pública, centros mineros, industriales, entre otros.
Durante la mañana de este martes el gobierno ingresó a Contraloría el decreto que aplica el Estado de Excepción “acotado” en la Macrozona Sur para el resguardo de las rutas y caminos por parte de las FF.AA.
La medida fue anunciada en La Moneda la noche de este lunes por parte de la ministra del Interior, Izkia Siches, quien estuvo flanqueada por sus pares del Comité Político y por dirigentes de los partidos oficialistas.
“Es evidente que en el último tiempo hemos tenido un aumento de los actos de violencia en las rutas. Hemos sido testigos de cobardes ataques, como el que sufrió Ciro Palma. También hemos visto cortes extendidos de carreteras que ponen en riesgo el libre tránsito y cortan las cadenas de suministro, aumentando el costo de la vida en las zonas más rezagadas de nuestro país”, dijo anoche la jefa de gabinete.
Si bien el Presidente Gabriel Boric al llegar al gobierno había dejado en claro que estaba en contra de mantener esta medida que venía de la administración de Sebastián Piñera, finalmente se optó por esta vía “acotada”, tras una serie de fallidas negociaciones con los colectivos oficialistas para buscar avanzar en el proyecto de Estados intermedios que era el camino que el actual gobierno quería seguir para el resguardo de rutas de la zona.
En el decreto ingresado a Contraloría -al cual accedió La Tercera- firmado por el Presidente y las ministras Siches y Maya Fernández (Defensa), se justifica la aplicación de la medida, señalando que “en el último tiempo hemos tenido un aumento de los actos violentos en las rutas, especialmente, en la Región de la Araucanía, y las provincias de Arauco y del Biobío de la Región del Biobío. En reiteradas oportunidades se ha puesto en peligro la integridad física e incluso la vida de las y los trabajadores y las personas que hacen uso diario de vías que conectan diferentes zonas de nuestro territorio. Lo anterior, afecta especialmente a quienes ejercen funciones de vital importancia para el habitual desarrollo de servicios y actividades económicas y, en particular, de la cadena de producción y distribución de alimentos, bienes, suministros e insumos de salud”.
Y se agregó que “también hemos visto cortes extendidos de las carreteras que ponen en riesgo el libre tránsito, alteran el orden público y obstaculizan las cadenas de suministro, aumentando el costo de la vida en las zonas más rezagadas. Estos bloqueos han tenido lugar en rutas y han dificultado el normal desenvolvimiento de las actividades económicas y la vida cotidiana de las familias en las zonas afectadas, impactando tanto al sector público como privado”.
Es así como el decreto establece tres artículos: el primero que señala que este Estado de Excepción regirá “en la Región de la Araucanía, y las provincias de Arauco y del Biobío, de la Región del Biobío, para la protección de rutas en aquellos territorios”.
“Las medidas adoptadas, en función de este decreto, deberán focalizarse en el aseguramiento del libre tránsito y seguridad de las rutas, buscando minimizar el impacto en el normal desenvolvimiento de la vida de la población en las zonas afectadas”, se agregó en el documento.
El segundo es respecto a los integrantes de las FF.AA. que se harán cargo de las zonas donde regirá la medida. Y por otro lado, en lo relativo a las facultades para los jefes de la Defensa que se harán cargo de la seguridad, el artículo 3 del citado texto establecen una serie de medidas que ya se habían visto en otros Estados de Emergencia, como la autorización de reuniones, control de accesos o el dictar medidas de protección para servicios de utilidad pública, centros mineros, industriales, entre otros.
Es así como se establece que los jefes de la Defensa deberán “asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en las zonas declaradas en estado de emergencia, para los efectos de velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad nacional que haya dado origen a dicho estado, debiendo observar las facultades administrativas de las autoridades institucionales colocadas bajo su jurisdicción, en especial las de los Delegados Presidenciales Regionales respectivos”.
También se les faculta para “dictar normas tendientes a evitar la divulgación de antecedentes de carácter militar” y “autorizar la celebración de reuniones en lugares de uso público, cuando corresponda, y velar porque tales reuniones no alteren el orden interno”.
Por otro lado podrán “controlar la entrada y salida de las zonas declarada en estado de emergencia y el tránsito en ella”. Además de “dictar medidas para la protección de las obras de arte y de los servicios de utilidad pública, centros mineros, industriales y otros”.
El decreto del gobierno faculta a los efectivos militares a cargo de dicha zona a “impartir todas las instrucciones para el mantenimiento del orden interno dentro de las zonas, siempre en el marco del respeto a los Derechos Humanos y en conformidad con las Reglas del Uso de la Fuerza (RUF), especialmente de los principios de uso de la fuerza de legalidad, necesidad, proporcionalidad y responsabilidad. Es deber de los Jefes de Defensa Nacional asegurar el conocimiento y respeto de los derechos humanos y los principios de uso de la fuerza por parte de los funcionarios que realicen labores de mantenimiento del orden público en razón del presente decreto”.
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