Los detalles de la acusación constitucional de la oposición en contra de los ministros Ángela Vivanco y Sergio Muñoz

Ángela Vivanco y Sergio Muñoz
En la imagen, los ministros de la Corte Suprema Ángela Vivanco y Sergio Muñoz.

El libelo será ingresado esta tarde antes del inicio de la sesión de Sala.


Este lunes, parlamentarios de la oposición presentarán una acusación constitucional contra Ángela Vivanco y Sergio Muñoz, ambos ministros de la Corte Suprema. esto por haber incurrido ambos en “la causal de notable abandono de sus deberes”.

Según confirmaron los parlamentarios, solicitarán a la Cámara de Diputados “sustanciar el procedimiento de tramitación aplicable a esta clase de acciones y declarar que ha lugar a la misma, prosiguiendo con su formalización ante el Senado para que este, en definitiva, la acoja en todas sus partes, afirmando la culpabilidad de los dos acusados, destituyéndolos de los cargos que actualmente detentan e imponiéndoles la sanción de inhabilidad para el desempeño de función pública alguna por un período de cinco años”.

Contralor de la republica realiza punto de prensa en el Palaciod e Tribunales
Acusación constitucional de la oposición contra Muñoz y Vivanco

En el documento de 48 páginas al que tuvo acceso La Tercera, se detallan los antecedentes y argumentos para presentar dicha acusación constitucional. Y en primer lugar, explican por separado las razones para acusar a ambos jueces en dos capítulos para cada uno.

En primera instancia indican los argumentos en contra de Vivanco, en donde primero apuntan que “la acusada incurrió en la causal de notable abandono de sus deberes al ejecutar conductas que afectaron gravemente la imparcialidad y la independencia con que debía obrar como jueza”. Esto por no declarar sus inhabilidades y conflictos de interés a los abogados Luis Hermosilla y Mario Vargas.

Además, en el libelo señalan que la suspendida ministra materializó “actuaciones e injerencias indebidas en el contexto de procesos de designación de determinados cargos públicos con el objeto de beneficiar a terceros”.

El escrito sostiene que “es importante dejar asentado que esta (acusación) no se sustenta en actuaciones que constituyan un ejercicio jurisdiccional sustantivo, vale decir, en el contenido y en el sentido que hayan tenido pronunciamientos judiciales hechos por la magistrada o a que ella concurrió. Al contrario, la acusación se materializa respecto de la trasgresión injustificada o incluso derechamente intencionada de importantes deberes que la Sra. Vivanco debió observar en calidad de magistrada de un tribunal superior de justicia, lo que ocasionó un agravio relevante a la función y al rol judicial que desempeña, así como a la judicatura toda”.

Y agrega que “la omisión en el cumplimiento de tales deberes se erige como un notable abandono de estos, de une entidad seria y grave, tal como ya lo ha expresado la Excelentísima Corte Suprema, configurándose en consecuencia la responsabilidad constitucional o “política” de esta jueza que amerita su destitución”.

El abogado Luis Hermosilla arriesga una pena de 18 años tras ser formalizado por delitos tributarios, soborno y lavado de activos en el caso Audio.
Acusación constitucional de la oposición contra Muñoz y Vivanco. En la imagen, Luis Hermosilla.

Por su parte, la acusación contra el ministro Sergio Muñoz también consta de dos capítulos donde en el primero se apunta a que no manifestó su inhabilidad en una causa de interés patrimonial de su hija.

Mientras que en el segundo, el documento señala que Muñoz no informó, ni denunció la situación de su hija Graciel Muñoz, jueza del 12° Juzgado de Garantía de Santiago, quien es acusada porque “desempeñó su función judicial fuera del territorio jurisdiccional”. Esto fue durante la pandemia, cuando la magistrada Muñoz trabajó telemáticamente desde Italia, esto en contra del Código Orgánico de Tribunales que establece que los magistrados deben residir en la jurisdicción donde ejercen sus funciones.

En parte del capítulo acusatorio, los diputados sostienen que “el notable abandono de deberes en este caso se da por haber permitido que una jueza de garantía, que resulta ser su descendiente directa, estuviera incumpliendo deberes graves en su calidad de jueza, es decir, la omisión de haber realizado acciones para enmendar o sancionar la conducta de la jueza Muñoz”.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.