Ministro Aróstica argumenta rechazo del TC a requerimiento del gobierno por retiro del 10%: “Carece de fundamentos completos”

Iván Aróstica

Previo a la votación del organismo, -que rechazó la solicitud del Ejecutivo- el ministro adelantaba aspectos de la discusión. “El punto central no es quién hace la ley, el punto central es qué tiene que hacerse para solucionar el problema de la gente”, dijo. Luego de que se conociera el fallo, el ministro aseguró que "faltó", por parte del Ejecutivo, "hacerse cargo de algunos antecedentes".


A las 9.00 de hoy el Tribunal Constitucional comenzó a revisar el requerimiento presentado por el gobierno contra el proyecto de tercer retiro de las AFP, aprobado en el Congreso. El ministro del TC Iván Aróstica, momentos antes de ingresar a las dependencias del organismo, explicaba ante la prensa qué se revisaría hoy, además de adelantar cómo podría venir la votación.

“Lo que hoy se examina es el requerimiento. No se ve el proyecto objetado del Congreso, se ve únicamente y exclusivamente si el requerimiento cumple los requisitos que establece la Constitución”, señalaba en la mañana.

Esta fue la segunda vez en la historia del Tribunal Constitucional que se impugna una reforma constitucional de iniciativa parlamentaria. El anterior fue el requerimiento del gobierno en contra del segundo retiro del 10% de las AFP, que se acogió, y es la primera vez que el organismo debía resolver con un proyecto que ya fue despachado por el Congreso y que sólo espera su promulgación.

Momentos previos

Aróstica, quien en el anterior fallo votó a favor del requerimiento del gobierno contra el segundo proyecto de retiro del 10%, señalaba ya a esa hora que podrían haber cambios en las votaciones respecto a cómo se dieron en diciembre. Se le preguntó si en este nuevo fallo él podría tener un voto distinto. Al respecto, dijo: “Todos. Hay muchos antecedentes que considerar (...) Han ocurrido cosas nuevas entre el 30 de diciembre y hoy”, agregando que “todos los ministros van a abocarse no a repetir lo que dijimos el 30, no tiene sentido eso. Si alguien cree que vamos a calcar eso, no. Han ocurrido acontecimientos”.

En ese sentido, aseguró que en la discusión se consideraría “si se están cumpliendo los fallos del Tribunal Constitucional, si las leyes están saliendo como aconsejó el Tribunal Constitucional. Hicimos veladamente un llamado a legislar en favor de la ciudadanía. Vamos a ver si las partes lo han cumplido”. “Han ocurrido situaciones bien importantes entre el 30 de diciembre y hoy. Cambios no solamente en situaciones fácticas, se han agravado las medidas de salubridad, hay resoluciones, hay leyes y la propia sentencia del Tribunal Constitucional, que se olvida que no solo tuvo una parte resolutiva, sino que hay todo un argumento que llamó a las partes a legislar en cierto sentido”, argumentó.

“El punto central no es quién hace la ley, el punto central es qué tiene que hacerse para solucionar el problema de la gente”, añadió Aróstica.

Consultado si sentía que había una “presión” de la ciudadanía sobre la decisión que tomarían, planteó que “como todo ciudadano sentimos y somos empáticos con la situación de ciudadanía. Lamentablemente no nos corresponde en nuestra sentencia hacernos cargo de eso. Es una cuestión muy relevante, pero vamos a ver la cuestión de derecho nuevas, que han ocurrido entre el 30 de diciembre y hoy, y hay factores bien importantes”.

Tras la votación

Horas más tarde, minutos antes de las 16.00, cuando la decisión del TC de no acoger a trámite el requerimiento del gobierno ya era conocida, Aróstica salió del organismo y entregó algunos argumentos de las decisiones que ahí se tomaron.

Según dijo, el requerimiento del Ejecutivo fue desestimado “en el sentido de que carece de fundamentos completos. Si bien tiene fundamentos, es un extenso escrito, faltó hacerse cargo de algunos antecedentes, tal como lo dijimos en la mañana. Esos antecedentes son básicamente la sentencia del TC del 30 diciembre. Esa sentencia tiene dos factores importantes que su excelencia no los consideró: uno es el voto de cinco ministros que estuvieron por no admitirlo ya en esa ocasión. El Presidente de la República tiene perfecto derecho a no estar de acuerdo con ellos, pero tiene que decirlo en su requerimiento. (Explicar) por qué esos ministros, en el sentir del Presidente de la República, están equivocados”.

Por otro lado, dijo que “además, esa sentencia del TC, que me tocó redactar, no fue un cheque en blanco para que cualquiera de los dos, el Congreso o él, podrían hacer retiros de fondos. En ese ocasión se le reconoció al Presidente de la República una iniciativa para legislar en la materia, pero legislar en el sentido de retribuir a las personas el menoscabo de su remuneración. Ese es el objetivo de esto. Entendemos que esto no es una disputa entre dos poderes (del Estado) por quién tiene simplemente la prerrogativa. Hay que mirar por los terceros, que por orden del Estado legitima, sin duda, han perdido su remuneración”.

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