La mañana de este martes, se realizó un nuevo balance semanal de Carabineros, referido al resguardo del orden público y el cumplimiento de las disposiciones sanitarias que se han decretado a causa de la pandemia de Covid-19 que actualmente afecta al país.

Durante la instancia, el ministro del Interior, Víctor Pérez, además se refirió a la fiscalización que se realizará durante Fiestas Patrias a las medidas sanitarias que estarán vigentes durante esos días.

En específico, se le consultó sobre las inspecciones que realizarán funcionarios de la Seremis de Salud junto a funcionarios policiales en domicilios particulares. Al respecto, Pérez afirmó que “el instructivo que ha determinado el Ministerio de Salud, a través de sus distintas Seremías, se basa en la Ley Sanitaria. La Ley Sanitaria otorga atribuciones, en tiempos de pandemia, para fiscalizar el cumplimiento de las medidas que otorga la autoridad. Si en el uso de esas medidas de fiscalización las autoridades de salud piden la colaboración o el auxilio de la fuerza pública de Carabineros, por cierto la fuerza pública la va a entregar”.

“Esto es una atribución que otorga el código sanitario, en momentos de pandemia, a la autoridad sanitaria. Y nosotros esperamos que la gente cumpla todas y cada una de las instrucciones, porque lo importante es pasar un 18 tranquilo y en sus casas, por lo tanto la autoridad sanitaria tiene que velar para que ello sea realidad, y por lo tanto tiene atribuciones que le otorga la ley”, añadió el secretario de Estado.

Respecto de los reparos que han presentado algunos abogados a las entradas a domicilios sin orden judicial, el ministro sostuvo que “es importante que todos conozcan, de una manera adecuada, las normas de carácter sanitario. En los temas de pandemia, la autoridad de salud no tiene restricciones, porque lo que está cuidando es la propagación de un virus, y por lo tanto el cumplir esas normas sanitarias”.

Posteriormente afirmó que “indudablemente no cualquier autoridad puede llegar y entrar a la vivienda de una determinada persona, pero la autoridad sanitaria, con el sustento que le da la ley, puede hacerlo porque lo que se busca es cumplir normas que son absolutamente necesarias para el conjunto de la sociedad”.

“Podemos distinguir en dos acciones. Por ejemplo, una, en que exista una flagrancia. La autoridad sanitaria descubre que hay una determinada fiesta clandestina. Pero otro es si la autoridad sanitaria tiene información y antecedentes que, en una determinada propiedad, hay personas contagiadas, sin duda tiene las atribuciones para fiscalizar esa situación”, finalizó.