“No procede por cualquier causa”: Jaime Campos, exministro de Justicia, cuestiona libelo contra Matus en comisión revisora
El ministro de la Corte Suprema, Jean Pierre Matus, está bajo el escrutinio de la Cámara por los presuntos vínculos que tenía con el abogado Luis Hermosilla.
La comisión revisora de la acusación constitucional contra el magistrado de la Corte Suprema, Jean Pierre Matus, realizó una nueva jornada de escuchas a expertos, esta vez asistió Jaime Campos, quien se desempeñó como ministro de Justicia durante el segundo gobierno de Michelle Bachelet. El abogado cuestionó la procedencia del libelo y apuntó a que los argumentos utilizados para juzgarlo por notable abandono de deberes no responden a cuestiones jurídicas.
“La acusación constitucional es una materia que está absolutamente reglada constitucionalmente. Por ende, no procede por cualquier causa. Porque de contrario se terminaría la autonomía y la independencia del Poder Judicial. Ello querría decir que para permanecer en el cargo de ministro de la Corte Suprema se requeriría tener la confianza del Congreso Nacional, básicamente del Senado de la República, que es el que en última instancia resuelve y con ello la inamovilidad del Poder Judicial desaparece”, sostuvo Campos.
Campos explicó que para presentar un libelo acusatorio la conducta del ministro en cuestión debe corresponder a actos propios del ejercicio de su cargo, es decir a sus funciones como magistrado.
“La conducta que se va a juzgar no es la de la Corte Suprema, no es una actuación judicial, no es un acto ministerial, él no puede ser juzgado por ese tipo de actos que no constituyen violaciones al ejercicio del cargo. En segundo lugar, esa conducta ministerial tiene que implicar incumplir obligaciones y deberes constitucionales y legales consagrados en nuestro ordenamiento jurídico”, señaló.
Con dicha exposición, planteó que en el caso de Matus esto no aplica, ya que entre los argumentos del libelo está la falta a la verdad al país, porque en un principio negó tener comunicación alguna con el abogado Luis Hermosilla, versión que fue desmentida cuando Ciper reveló conversaciones entre ellos.
Ante esto, Campos señaló: “¿Nuestra Constitución sanciona el mentir? Esa norma no existe en nuestro ordenamiento jurídico. No existe una obligación general de decir verdad”.
Y agregó: “El libelo hace un esfuerzo por relacionar y vincular tres conceptos que son diferentes: mentir, probidad y notable abandono de deberes. Se dice la persona que miente incurre en una falta de probidad, y la falta de probidad a su vez es notable abandono de deberes. La verdad es que la cosa no es tan así. El concepto de probidad está definido en la ley. La probidad no es cualquier cosa. La probidad no es cualquier falta de ética. El faltar a la probidad no es sinónimo de acto no moral. Y a ello se refiere escándalo”.
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