Protocolo por acoso sexual de la Cámara tiene multas de hasta 50% de la dieta
Nueva normativa entró en vigencia hoy y considera conductas y agresiones calificadas desde leves hasta gravísimas.
Multas de hasta un 50% de la dieta parlamentaria considera el nuevo Protocolo de Prevención y Sanción del Acoso Sexual que entró hoy en vigencia en la Cámara de Diputados, luego de que la presidenta de la corporación, Maya Fernández, diera cuenta en la sala de la norma aprobada por la Comisión de Régimen Interno los primeros días de enero.
El texto señala que se entenderá por acoso sexual "toda conducta de carácter sexual o íntima no consentida, que de forma indebida y por cualquier medio realice requerimientos de tipo sexual a cambio de beneficios o bajo amenazas, o genere un ambiente laboral intimidatorio, hostil, humillante, degradante u ofensivo, provocando un efecto atentatorio contra la dignidad de quien las recibe".
Además, se afirma que las conductas constitutivas de acoso pueden ser físicas, verbales y no verbales, y que estas no necesariamente deben ser sostenidas en el tiempo o recurrentes para calificar como tales.
También se señala que se distinguirán entre agresiones leves, menos graves, graves y gravísimas. Entre las leves se mencionan las insinuaciones, bromas, piropos o comentarios de contenidos sexual que resulten molestos o humillantes a la víctima, como asimismo gestos obscenos y difundir rumores de carácter sexual.
Como agresiones menos graves, en tanto, están calificados los comentarios despectivos sobre la apariencia física u orientación sexual, como también llamados telefónicos, cartas, correos o mensajes en los que, de forma indebida, propongan o inciten a mantener relaciones sexuales.
Conductas graves, según el texto, las constituyen el "acercamiento físico excesivo" y los "roces innecesarios". Mientras que como agresiones gravísimas se mencionan todas aquellas conductas en que se ejerza el uso de la fuerza, tales como acorralar a una persona para realizar requerimientos sexuales y, "en general, las tipificadas como crimen o delito simple".
Respecto de las sanciones, el protocolo establece que las agresiones graves y gravísimas se castigarán con una censura, que corresponde a la máxima sanción disciplinaria. Además, se aplicará una multa de entre el 10% y 20% de la dieta parlamentaria en el caso de faltas graves y de entre 20% y 50% para las agresiones gravísimas.
En forma adicional, el protocolo considera posibles medidas de reparación simbólica hacia las víctimas, como disculpas públicas. Además, se advierte que si las conductas revistieran el carácter de delito, los antecedentes deberán ser remitidos al Ministerio Público.
La nueva normativa también establece que será aplicable no solo a diputadas y diputados, sino que también a funcionarios, trabajadores a honorarios o personas ajenas a la corporación. En el caso de que la denuncia fuese contra un parlamentario, el procedimiento señala que la investigación la llevará a cabo un "diputado o diputada elegido al azar, de distinto género, región y comité político que el denunciante o denunciado". Al final de su indagatoria, deberá relatar la causa a la Comisión de Régimen Interior, la que podrá eximir de responsabilidad o imponer una sanción, la que puede ser apelable a la Comisión de Ética.
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