Revisa acá si fuiste nominado como vocal de mesa para las elecciones presidenciales
Servel publicó la nómina de vocales para los comicios del 21 de noviembre, en que se votará por presidente, diputados, senadores y cores. Desde el 2 de noviembre corren los tres días hábiles para presentar las excusas en caso de que no se pueda asumir la función.
Desde este sábado está disponible en el portal del Servel la nómina de vocales de mesa designados por las Juntas Electorales para desempeñarse en las Elecciones generales del 21 noviembre, en que se elegirá presidente, diputados, senadores e integrantes del consejo regional.
Quienes hayan sido nominados y no puedan participar, podrán presentar sus excusas desde el 2 y hasta el próximo 4 de noviembre (los tres días hábiles que establece la ley). Para ello, se debe acoger a las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700 y a aquellas integradas por el Consejo Directivo de Servel.
Las excusas podrán presentarse ante el secretario de la Junta Electoral respectiva, o ante el delegado del local el día de las elecciones, o bien, frente al Juez de Policía Local en el caso de ser citados con posterioridad presentando la documentación necesaria.
El presidente del Consejo Directivo de Servel, Andrés Tagle, detalló este sábado que en estos comicios regirán los protocolos sanitarios ya empleados en las últimas elecciones, con distancia social, aforos restringidos y uso obligatorio de mascarilla y alcohol gel. Además, volverán a participar los facilitadores. “Seguimos con los mismos protocolos de las eleciones anteriores, desde el plebiscito hasta las elecciones de mayo”.
Además, Tagle detalló que los vocales serán remunerados con 20.000 pesos, además de lo correspondiente por capacitación en el caso de aquellos que ejercen la labor por primera vez. “Esos reciben otros seis mil pesos por asistir a la capacitación el sábado anterior al que se constituyan las mesas”.
El próximo 6 de noviembre se publicará el listado definitivo de vocales. Todos los nominados deberán asistir a la constitución de mesas el día 20 de noviembre a las 15.00 horas. en su respectivo local de votación.
¿Quienes se pueden excusar de ser vocal?
Los adultos de 60 o más años de edad.
Quienes se desempeñan como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
Quien esté ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
Quien tenga que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
Quien esté física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
Quien deba cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
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