A ocho años de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento más de 22 mil personas han quebrado y expertos cuestionan normativa

Ley de Quiebra

A petición de Pulso, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento realizó un detallado balance de la vigencia de la Ley de Quiebras, en el que destacó el perfil de las personas que han sido declaradas en bancarrota, siendo principalmente hombres (63%), con una edad entre los 30 y 44 años, solteros (48%) y trabajadores dependientes (74,6%).


Pocos días después de que el 11º Juzgado Civil de Santiago declarara la quiebra de Francisco Frei Ruiz-Tagle, hermano del expresidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle, sus acreedores se llevaron una sorpresa que hasta el día de hoy es comentada entre abogados de insolvencia.

La tarde del 12 de diciembre de 2019, el hermano menor de la familia Frei Ruiz-Tagle, junto a su abogado Cristóbal Viñes, estuvo esperando en su departamento ubicado en calle Hermanos Cabot, Las Condes, la visita del liquidador Carlos Parada. Allí este incautó 23 bienes, entre los cuales estaban una estufa eléctrica, dos lámparas, un reproductor VHS, tres sillas y una impresora HP. En la instancia Francisco Frei negó contar con depósitos y cuotas de fondos mutuos, ni otras inversiones y dijo que tampoco poseía fondos en efectivo ni documentos por cobrar.

¿Resultado de la diligencia? Sus bienes incautados no alcanzaban a cubrir ni una mínima parte de las cuantiosas deudas que contrajo con el sistema financiero. Sus acreedores, entre los que estaban Itaú, Santander y Tanner, revelaron que Francisco Frei adeudaba $2.296 millones.

El caso descrito es una muestra más de la experiencia que viven día a día los liquidadores de personas. Más allá de si hubo mala fe de parte del ingeniero comercial y exdirector de TVN, cuestión que es labor de la justicia indagar, la última rendición de cuentas de su liquidadora reveló que la quiebra contaba con fondos por $594.086.

La quiebra de Francisco Frei, quien durante más de 15 años utilizó la sociedad familiar de su hermano como testaferro para conseguir millonarios préstamos para sus negocios personales, se enmarca en la actual Ley de Insolvencia y Reemprendimiento. La normativa acaba de cumplir ocho años de vigencia y a la fecha 22.159 personas han declarado su liquidación.

Pulso consultó a varios abogados de insolvencia sobre los problemas de la actual normativa, los que a su juicio detallaron los más relevantes.

Nicolás Mena, abogado y exjefe del Departamento Jurídico de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), acusa que un grupo de abogados ha abusado del sistema, sometiendo a liquidación a personas que no tienen ninguna capacidad de pago. “La liquidación de personas naturales se ha prestado para que muchos deudores la utilicen con el fin de extinguir sus obligaciones a través del ‘descargue’, no presentado bienes suficientes para pagar y generando un problema al sistema financiero que redunda en limitaciones al crédito”, sostiene.

Por su parte, Cristián Gandarillas, socio de Gandarillas, Montt, del Río Abogados, plantea que “uno de los problemas más graves es que las personas quedan, en los hechos, fuera del sistema financiero formal. Esto, sin perjuicio de lo que señala la ley al respecto. Debe buscarse una forma de conciliar el respeto al crédito y el acceso del deudor al sistema financiero. Otro punto importante, es que la definición de empresa deudora comprende a personas que hayan otorgado boletas por servicios prestados, lo que extiende el ámbito de aplicación a una serie de personas naturales en forma indebida”.

Mientras que Octavio Azócar, socio de ChileDefensa, añade que actualmente los bancos y otras instituciones financieras guardan registros privados de las personas que se someten a una liquidación “y lamentablemente cuando quieren emprender les niegan los créditos. Y finalmente lo que buscaba la ley no se cumple, que es que las personas pudieran resetear sus deudas”.

Perfil de deudores

A petición de Pulso, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento realizó un detallado balance de los ochos años de la Ley de Quiebras, en el que destacó el perfil de las personas que han sido declaradas en bancarrota, siendo principalmente hombres (63%), con una edad que ronda entre los 30 y 44 años, solteros (48%) y trabajadores dependientes (74,6%).

A su vez, el perfil de los deudores que han solicitado una renegociación de sus deudas, comparado con aquellos que derechamente piden su liquidación, cambia en sólo un aspecto: su estado civil. Así, se trata mayoritariamente de hombres casados y un tercio de ellos posee una renta mensual que va entre $250.000 y $500.000. En tanto, las deudas renegociadas suman $219.244 millones desde el inicio de la actual Ley de Quiebras.

Sin embargo, en ambos procedimientos se han visto caídas en el número, al menos en los últimos dos años, considerando sólo el periodo enero-octubre.

Los procedimientos concursales han evidenciado una baja sostenida desde el 2020. En efecto, en renegociaciones, mientras en el periodo enero-octubre de 2019 se contabilizaron 1.094 procedimientos, en 2022 se registraron sólo 187. En el caso de liquidaciones de bienes de personas deudoras, en enero-octubre de 2020 se habían iniciado 4.287 procedimientos, y en mismo periodo de 2022, tan solo 1.923.

Por su parte, en liquidaciones de personas, las comunas que concentran mayoritariamente los procedimientos durante el periodo enero–octubre de 2022 son Talcahuano, con 60 procedimientos, Puente Alto, con 59, y Arica, con 58. En procedimientos de renegociación de la persona deudora, para el mismo periodo, las comunas con más procedimientos son Punta Arenas e Iquique, con 8 procedimientos cada una, y Santiago y Valdivia, con 6.

Defensa de proyecto de cambios

En este contexto, el superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento, Hugo Sánchez, defiende el actual proyecto que busca modificar la ley y que se encuentra en segundo trámite constitucional en la Comisión de Hacienda del Senado. Explicó que este “establece en lo referente a la renegociación de la persona deudora -que es el trámite gratuito y administrativo que le permite a las personas naturales ordenar sus deudas con mejores condiciones de pago- un cambio importante: se elimina el requisito que hoy impide a quienes emiten boletas de honorarios acceder a este procedimiento”.

Agrega también que hoy los contribuyentes de segunda categoría son considerados “empresas” por la actual Ley N°20.720 y eso genera que, en caso de insolvencia, tengan como única vía la liquidación de empresa deudora, porque una reorganización es muy costosa para este tipo de usuarios. Por tanto, cuando la modernización de la Ley esté vigente, los emisores de boletas de honorarios van a poder optar como primera opción por una renegociación, con todos los beneficios que este procedimiento conlleva.

“En lo que respecta a la liquidación, y acá sumo a la reorganización, se crearán versiones simplificadas de estos procedimientos, con foco en las MiPymes y en las personas naturales. Esto implica primero que existirán liquidadores y veedores especializados únicamente en estos procedimientos simplificados, lo que nos permitirá bajar costos, facilitar el acceso y tener procesos más ágiles. Y en otras modificaciones, también quiero destacar las siguientes: vamos a tener tramitaciones mucho más expeditas porque se suprimen etapas, como por ejemplo la diligencia de incautación (el deudor pondrá a disposición del liquidador sus bienes 5 días antes de su enajenación) y las juntas de acreedores (a excepción que los acreedores lo exijan”, concluye.

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