Andrés Navarro y Jaime Mañalich acuden al Tribunal Constitucional en disputa con Cecilia Karlezi por “daño a patrimonio” de CLC
Ex miembros del directorio de Clínica Las Condes, entre los cuales están Andrés Navarro, Francisco Silva, Alberto Eguiguren y Carlos Schnapp, junto al ex gerente general Jaime Mañalich, presentaron un requerimiento de inaplicabilidad constitucional ante el Tribunal Constitucional. Esto en el marco de una petición de arbitraje iniciada por un grupo de accionistas, controlados por Cecilia Karlezi, actual controladora del recinto médico, por una millonaria diferencia contable.
Un requerimiento de inaplicabilidad constitucional ante el Tribunal Constitucional presentó un grupo de ex directores de Clínica Las Condes (CLC) en el marco de una millonaria disputa contable con la actual controladora de la sociedad, Cecilia Karlezi.
En el escrito, ingresado el 13 de julio, Andrés Navarro junto a ex miembros del directorio de CLC, como Francisco Silva, Carlos Schnapp, Jorge Rufs, Alfredo Misraji y Alberto Eguiguren, además del ex gerente general, Jaime Mañalich, cuestionaron la acción emprendida por un grupo de accionistas controlados por la empresaria Cecilia Karlezi.
Los demandantes buscan que se declare la inaplicabilidad del artículo 4 N° 10 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas (LSA) en el marco de la disputa con Karlezi. Según ellos, dicho artículo “no resulta aplicable a este caso, entre otras cosas, porque la acción derivativa que buscan ejercer los solicitantes no da origen a una diferencia entre los accionistas y la administración social, sino a una entre la sociedad y su administración, y ésta no es una materia sometida a arbitraje forzoso por ese artículo”.
Todo comenzó por diferencias contables de arrastre en la Clínica, producidas a partir de la introducción del nuevo sistema SAP de contabilidad (Sistemas, Aplicaciones y Productos).
Esas diferencias, detectadas en enero de 2017, motivaron tres investigaciones en paralelo. Primero, la administración de la Clínica contrató a Pricewaterhouce que, luego de una revisión entre enero y marzo de 2017, rebajó la estimación inicial de las diferencias contables de $12.000 millones a $10.500 millones. Además, la Fiscalía de Alta Complejidad del Ministerio Público inició una investigación de oficio para determinar la eventual existencia de delitos, la que fue cerrada en junio de 2018 sin la imputación de delitos. Y por último, también la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) inició una investigación para determinar la eventual existencia de ilícitos, pero hasta el momento no ha aplicado ninguna sanción.
Luego de las tres investigaciones realizadas, y las significativas mejoras en los resultados de la Clínica desde 2017, su administración estimó innecesario seguir gastando recursos para explicar diferencias contables que, en algunos casos, se habían originado hace más de once años. Sin embargo, los solicitantes en la gestión pendiente, Inversiones Santa Filomena Ltda. y Lucec Tres S. A., descontentos con la decisión tomada por el directorio y la Junta de Accionistas de la Clínica, insistieron en realizar lo que ellos denominan una “auditoría forense”.
En la acción, la controladora de CLC busca resarcir “los supuestos daños causados en su patrimonio”. La acción indemnizatoria se dirigiría en contra de algunos -en ese entonces- miembros del directorio de la clínica y de su entonces gerente general pues, según los solicitantes, ellos presuntamente habrían entregado información falsa sobre su gestión y les habrían impedido ejercer sus derechos sociales para realizar la “auditoría forense”.
Luego de ser emplazados en la petición de arbitraje, los aludidos opusieron excepciones de incompetencia absoluta. Es decir, cuestionaron la acción legal, apuntando a que la solicitante, junto a otros accionistas, cambiaron a su antojo a toda la administración de la clínica, nombrando nuevos directores y un nuevo gerente general, por lo que perdieron su calidad de accionistas minoritarios que les habilitaba para efectuar la acción.
“Ninguno de los solicitados se desempeñaba en ese momento ni se desempeña actualmente como director o gerente de la clínica, pues desde que los solicitantes se hicieron con el control total de la sociedad, ellos han cambiado a su antojo a los miembros del directorio y de la administración”, acotó la presentación.
Audiencia clave
En su requerimiento, la defensa de los ex miembros del directorio de CLC detallaron que el 12º Juzgado Civil de Santiago rechazó las últimas excepciones presentadas, al considerar que se trataba de defensas de fondo que debían ser resueltas por el juez árbitro.
En contra de esa resolución, los requeridos presentaron un recurso de reposición con apelación en subsidio, argumentando que la justicia ordinaria es quien debe resolver las cuestiones de jurisdicción y de competencia del árbitro, especialmente si éste tendrá facultades de arbitrador.
La reposición fue rechazada por razones formales y la apelación fue concedida por el tribunal el 22 de junio de 2022 e ingresó a la Corte de Apelaciones de Santiago el 28 de junio de 2022. En paralelo, el 14 de julio el 12° Juzgado Civil de Santiago llamó a las partes a oír sentencia.
Ante el Tribunal Constitucional, los ex miembros del directorio de CLC son representados por el abogado Andrés Rioseco. En sede civil, los representa Marcelo Giovanazzi, socio de Alcaíno Abogados. Mientras, las sociedades controladas por Cecilia Karlezi son asesoradas por Sebastián Yanine, socio de Bofill, Escobar Silva.
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