Caso La Polar: Tribunal autoriza embargo de locales y marcas de la multitienda por demanda de AFP Capital

LA POLAR
10/09/2021 FACHADA LA POLAR Mario Tellez / La Tercera

El 13 Juzgado Civil autorizó el martes pasado la medida, pero los abogados de La Polar presentaron un recurso para paralizar el embargo porque han objetado la cifra a pagar. El tribunal fijó indemnizaciones por $ 22.038 millones. La AFP pretende embargar 103 locales, más de 400 marcas y dinero en cuentas bancarias.


La resolución es de hace dos días. “Como se pide, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 235 regla 3ª del Código de Procedimiento Civil, embárguense bienes suficientes para dar cumplimiento al pago de la deuda, intereses y costas”, dice la resolución del juez del 13 Juzgado Civil de Santiago, Daniel Platt, del 25 de octubre pasado. La causa enfrenta a AFP Capital con Empresas La Polar y corresponde a una demanda por indemnización de perjuicios por el escándalo de las repactaciones unilaterales ocurrido hace ya más de una década.

Tras muchos años de tramitación, y dos fallos favorables a la multitienda, en 2021 la Corte Suprema ordenó el pago de indemnizaciones en favor de la AFP, que en esta causa es defendida por el abogado Juan Ignacio Correa. El monto a indemnizar sería establecido sobre la base de un peritaje que durante el juicio realizó Javier Manríquez. Y según determinó el tribunal, los perjuicios a reparar ascienden a $ 22.038 millones.

El 15 de octubre, el tribunal ya había autorizado la liquidación del crédito que generaron las indemnizaciones aprobadas y otorgó un plazo de tres días para oponerse. Y los demandados se opusieron. Pero diez días después el juzgado concedió los embargos. La Polar, que es defendida por el abogado Davor Harasic, presentó un día después una reposición, lo que, según la empresa, frenaría los embargos hasta que la liquidación, una vez resueltas las objeciones, esté completamente a firme. Harasic pidió dejar sin efecto y rechazar la petición de embargo efectuada por la demandante, “por lo menos mientras no se haya determinado por resolución firme el monto al que asciende el crédito cuya ejecución incidental se pretende en estos autos”. Además, acusa que AFP Capital no ha sido capaz de señalar “a cuánto asciende su crédito en contra de los demandados”.

Los abogados de la AFP, sin embargo, consideran que los embargos pueden materializarse de todas formas, vía receptores judiciales.

El fallo de 2021 de la Suprema declaró que no solo La Polar debía responder por los perjuicios: también condenó a nueve ex ejecutivos de la cadena Pablo Alcalde, Marta Bahamondes, María Isabel Farah, Pablo Fuenzalida, Martín González, Santiago Grage, Nicolás Ramírez, Ismael Tapia y Julian Moreno. Y a Price Waterhouse Cooper como responsable de los mismos perjuicios patrimoniales. La auditora, no obstante, llegó a un acuerdo con AFP Capital en febrero de este año y accedió a pagar US$ 2,5 millones y $ 1.406 millones, cerrando con ello definitivamente el caso.

Capital ya ha activado los embargos contra La Polar y luego lo hará con los exejecutivos. Para el caso de La Polar, los abogados de AFP Capital listaron 103 inmuebles que suman un valor, según los títulos de dominio, por $ 6.087 millones. El embargo de las propiedades deberá ser registrado en el Conservador de Bienes Raíces. Además, tramita el embargo de 408 marcas en el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual y la retención de los dineros que la cadena de retail tiene los bancos Santander y de Chile.

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En la discusión sobre la liquidación del monto a pagar, el abogado Davor Harasic objetó la cifra de los $ 22 mil millones. Entre otras razones, dice un escrito judicial presentado, porque la liquidación judicial no rebajó del monto total lo pagado ya por PwC, porque los cálculos contendrían errores aritméticos y porque no se consideró las ganancias obtenidas por la AFP en su inversión en La Polar.

La última batalla

Además de la tramitación del cumplimiento de la sentencia de la Corte Suprema de 2021, La Polar apostó por un último recurso: en enero de este año interpuso en el Tribunal Constitucional una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 234 inciso primero del Código de Procedimiento Civil en el juicio civil.

El TC declaró admisible el recurso el 7 de marzo y escuchó los alegatos de las partes en agosto: otra vez volvieron a verse las caras por la misma causa los abogados Juan Ignacio Correa y Davor Harasic.

El 16 de agosto La Polar y AFP Capital expusieron su caso en el TC y ese mismo día la causa quedó en acuerdo y como redactor de la sentencia se designó a Cristián Letelier. “La probabilidad de un resultado desfavorable para La Polar puede ser estimada como posible o remota”, escribió la empresa en sus estados financieros de junio pasado.

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