Congreso despacha cambios a ley de quiebras: procesos serán más rápidos y con menores costos
Lo que se busca es promover una simplificación de ciertos aspectos burocráticos de los procedimientos insolvencia actuales. Con ello, se espera una más rápida tramitación y bajos costos de administración para las personas y las micro y pequeñas empresas.
A mediados de 2020, el gobierno de Sebastián Piñera ingresó un proyecto que buscaba mejorar los procesos y agilizar los trámites para que las empresas en insolvencia pudieran iniciar de manera más expedita sus operaciones.
El propósito de esta propuesta era simplificar algunos procedimientos que son largos y complejos y, a la vez, facilitarles los requisitos, tanto a empresas como las personas, para que prefieran acceder a un proceso de reorganización antes que uno de quiebra. Así, la nueva ley cuenta con tres pilares: mejorar el acceso, reducir los costos y flexibilizar las etapas para disminuir los tiempos de tramitación.
De esta manera, lo que se busca es promover una simplificación de ciertos aspectos burocráticos de los procedimientos concursales actuales. Con ello, se espera una más rápida tramitación y bajos costos de administración para las personas y las micro y pequeñas empresas.
Asimismo, se incrementan las tasas de recuperación de créditos, promoviendo reestructuraciones de pasivos antes que liquidaciones. La idea es entregar certeza jurídica en ciertas disposiciones de la ley.
En el desglose, la propuesta, entre otros puntos, sustituye el “procedimiento concursal de liquidación de los bienes de la persona deudora” por los procedimientos concursales especiales de Liquidación Simplificada y el de Reorganización Simplificada.
Asimismo, dispone que, una vez finalizados los procedimientos concursales, la superintendencia y los responsables de los registros deberán proceder a la eliminación de los datos del deudor. Esto aplicará para el Boletín Concursal y otros registros o bancos de datos personales. La información apunta a las obligaciones de carácter económico, financieras, bancarias o comerciales, según corresponda.
La norma también regula la situación de los veedores y liquidadores, por ejemplo, definiendo la vía de entrada a la nómina respectiva o su exclusión.
Reorganización
La iniciativa mantiene la aplicación del procedimiento de reorganización de empresas actual a las medianas y grandes empresas. Sin embargo, reserva el procedimiento simplificado de reorganización que se crea para las micro y pequeñas empresas (mipymes).
Además, para la reorganización, introduce diversas modificaciones que lo optimizan y mejoran. Entre ellas, perfecciona normas que regulan el período de protección financiera -el cual se aumenta de 30 a 60 días, pudiendo prorrogarse por 60 días más- que se otorga al deudor que se somete al procedimiento concursal de reorganización.
La norma también aumenta el plazo que tendrán los acreedores para verificar sus créditos. Asimismo, incorpora al procedimiento concursal de liquidación de empresas, diversas modificaciones para optimizar este procedimiento. Entre ellas destaca el permitir que las personas naturales que emitan boletas a honorarios puedan someterse a este procedimiento. Así, al dejarán de considerarse como “empresas deudoras”, calificación que les impedía acceder a este procedimiento.
Adicionalmente, el texto dispone la creación de un procedimiento simplificado de reorganización para micro y pequeñas empresas (ingresos anuales inferiores a 2.400 UF). Deberán tener contratados de 1 a 9 trabajadores.
En el caso de las pequeñas empresas (ingresos anuales superiores a las 2.400 UF, pero inferiores a 25.000 UF), deberán contar con un personal contratado superior a 10 e inferior a 49 trabajadores.
Los expertos
Los expertos tienen, en general, una mirada positiva a los cambios aprobados en la nueva ley. Diego Messen, socio de Moraga & CIA, sostiene que “en general se establece una mejor accesibilidad a los procesos concursales, especialmente a las pequeñas y medianas empresas, reduciendo los tiempos de tramitación y los costos asociados. Además, se pretende establecer de mejor forma una recuperación e inserción en el mercado a aquellas empresas que pueden ser viables”.
El experto añade destaca como esencial el hecho de “haber reducido los costos de tramitación a los procedimientos disponibles en la Ley. Además, de establecer mejores condiciones para los deudores para poder sobrellevar su estado de insolvencia mientras se encuentran sometidos a un proceso concursal”.
Ricardo Ibáñez abogado y socio fundador de defensadeudores.cl acota que “es una reforma justa, necesaria y es oportuna, ya que nos enfrentamos a un 2023 con recesión económica, y por ello era importante actualizarla”. Asimismo, menciona que “tiene aspectos negativos y positivos y otros que se dejaron de aborda”. Entre ellos, dice que “nos causa preocupación algunos temas que se relacionan con encarecer estos procesos para el pequeño deudor y las fuertes sanciones que arriesgan”.
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.