Contraloría desestima recurso de Conadecus que buscaba evitar traspaso de costos sistémicos de energía a hogares
El órgano estimó que la fórmula de la CNE que incluye las fluctuaciones de los denominados pagos laterales en la tarifa eléctrica adjudicada en el último proceso de licitación de suministro “aparece suficientemente fundada”. De todos modos, ordenó al regulador abstenerse de incluir nuevos cargos de este tipo que puedan aparecer, tanto en el reciente contrato de licitación de suministro como en los futuros.
Hace más de cuatro meses que concluyó el último proceso de licitación de suministro eléctrico, un proceso en el que Enel Generación resultó como la gran ganadora, al adjudicarse el total de los 3.600 GWh/año ofertados, en dos bloques diferenciados, que empezarán sus respectivos suministros en enero de 2027 y enero de 2028. Dicho proceso estuvo marcado por una polémica decisión de la Comisión Nacional de Energía (CNE) de incorporar los costos sistémicos a los indexadores de precios de la energía.
Los cargos sistémicos son todos aquellos costos necesarios para la operación del sistema, no cubiertos por costo marginal, es decir, por los cargos regulados por la CNE, como son la transmisión o la distribución, o el cargo por servicio público.
La polémica llevó a la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus) a presentar una solicitud ante la Contraloría General de la República para pronunciarse acerca de la legalidad de la determinación del regulador. La respuesta del órgano contralor llegó este lunes, que en documento de siete carillas resolvió desestimar el fondo de la reclamación.
“La inclusión en las bases de licitación de una componente que recoja las fluctuaciones de los costos sistémicos durante el transcurso del tiempo en los términos reseñados, se enmarca dentro de las facultades que el precitado artículo 133°, inciso sexto, de la LGSE, le otorga a la CNE para definir en dichas bases las fórmulas con arreglo a las cuales se reajustará el precio de nudo de largo plazo de la energía”, señala el pronunciamiento, suscrito por la contralora subrogante Dorothy Pérez.
Agrega que al realizar una revisión a las reglas relativas a los costos sistémicos “no se advierte que éstas alteren los sujetos que deben asumir el pago de tales costos”, al considerar que la Ley General de Servicios Eléctricos establece que “la tarifa que deben pagar los clientes regulados ha de corresponder al ‘costo de la utilización’ de los recursos del sistema eléctrico en todos sus niveles, incluido el de generación, que a su vez comprende, por ejemplo, los ‘costos sistémicos’”
En esa línea, el informe sostiene que la incorporación de los también denominados pagos laterales “aparece suficientemente fundada”, por lo que rechazó la reclamación planteada.
Sin embargo, el órgano contralor ordenó al regulador abstenerse de incluir nuevos cargos de este tipo que puedan aparecer, tanto en el reciente contrato de licitación de suministro como en los futuros.
“Dado que el ítem ‘Otros’ se refiere a nuevos costos sistémicos que eventualmente aparezcan durante la vigencia del contrato de suministro ‘que no estén previamente reconocidos en la fórmula de CS’, al no encontrarse definidos en esa fórmula -como lo exige el artículo 133°, inciso sexto, de la LGSE-, la CNE deberá abstenerse de aprobar la incorporación de pagos por aquel ítem y, por igual motivo, de incluirlo en similares términos en futuras bases de licitación”, indica el documento.
Consultado al respecto, el ingeniero civil eléctrico Oscar Cabello, asesor de Conadecus, lamentó la determinación del órgano contralor, que si bien recordó que se acogió sólo una parte, “la verdad es que trataron de ser salomónicos, pero yo lo encuentro un error grave, porque en el caso de la transmisión, cuyos cargos se traspasan actualmente a los usuarios, lo que es un error y hoy día todo el mundo lo reconoce, eso por lo menos se hizo por Ley, y aquí se traspasa un costo relevante, y se hace a través de una resolución exenta. Eso no puede ser”.
El asesor plantea que Conadecus está analizando las vías recursivas disponibles, pero planteó que “el drama aquí es que ninguna autoridad quiere resolver el problema de los costos de energía”.
“Tener un cargo de casi US$20 por kwh es un tremendo costo, es el costo equivalente a una empresa solar. Eso se le agrega a todos los demás costos de la tarifa eléctrica, y es más, hoy días son US$20, pero mañana pueden ser US$30 o US$40, porque mientras más se sigan metiendo los PMGD y el precio estabilizado, esto va a seguir subiendo”, plantea.
Cabello alude al pago de compensación que remunera a los Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD), uno de los componentes de los costos sistémicos que más han presionado al alza los pagos en los últimos años.
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