Desde el Seguro Social hasta los cambios a las AFP: así quedó la reforma de pensiones que despachó el Senado la noche de este lunes
Este lunes, casi dos semanas después de que el gobierno ingresó las indicaciones al proyecto tras haber logrado un acuerdo con senadores de Chile Vamos, y después de haber sufrido cambios adicionales en la Comisión de Trabajo y en la Comisión de Hacienda, el proyecto fue aprobado por 40 votos a favor y 7 en contra en la sala del Senado.
El 15 de enero recién pasado gobierno ingresó una serie de indicaciones a la reforma de pensiones, después de haber logrado un acuerdo con los senadores de Chile Vamos que componen la Comisión de Trabajo y que logró destrabar la tramitación del proyecto.
Este lunes, casi dos semanas después de ese hito, y después de haber sufrido cambios adicionales en la Comisión de Trabajo y en la Comisión de Hacienda, el proyecto fue votado y aprobado casi a la medianoche en la sala del Senado. La iniciativa, superó su segundo trámite, tras recibir 40 votos a favor y 7 en contra, y ahora pasó a la Cámara de Diputados.
Allí el gobierno confía en contar con los votos para su aprobación, y que así pueda recibir el último visto bueno para convertirse en ley. En la Cámara Baja los votos están más ajustados entre el oficialismo y oposición para que la iniciativa supere esta última fase.
Los ministros de Hacienda, Mario Marcel, y del Trabajo, Jeannette Jara, se mostraron satisfechos con los resultados en la sala del Senado. El titular de las finanzas públicas valoró los acuerdos alcanzados en ambas cámaras, y destacó especialmente el trabajo de las Comisiones de Hacienda y Trabajo en esta iniciativa.
“Esta aprobación en el Senado es un reconocimiento a la perseverancia. En el camino de la tramitación lo importante es que se fueron construyendo acuerdos, se cedieron posiciones y se crearon cosas en conjunto. Debemos valorar los acuerdos logrados”, cerró Marcel.
¿Cómo quedó el proyecto?
El aumento de cotización y su destino
El proyecto que ingresó el gobierno al Congreso en noviembre de 2022 planteaba que el 10% de cotización que actualmente hacen los afiliados, seguiría siendo de propiedad individual. Pero también propuso aumentar la cotización en un 6% extra, la que se destinaba por completo a un fondo común, aunque siendo registrada en una cuenta nocional. Con el aporte que harían los empleadores de 6 puntos, se crearía un “Fondo Integrado de Pensiones”, que iba a funcionar bajo la lógica de un Seguro Social para entregar varios beneficios. Algunos llegaban a todos, y otros solo a los que cumplían los criterios específicos.
Ahora, en cambio, el proyecto que llega este lunes a la sala del Senado propone algo distinto: se mantiene tal como hasta ahora la cotización del 10% que hacen los trabajadores a su AFP, pero ahora se propone un aumento de la cotización de cargo del empleador de 7%, por lo que en el total la cotización de cargo de los empleadores llegará a 8,5%, considerando que actualmente ya cotizan cerca de 1,5% para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
Del 8,5% total que aportarán los empleadores, un 4,5% se destinará a las cuentas individuales de manera directa. Hay otro 1,5% que a futuro, dentro de 30 años, irá a las cuentas individuales, pero antes de eso y de manera transitoria se denominará “Aporte con Rentabilidad Protegida” y se destinará al llamado Seguro Social que aprobaron los senadores. En todo caso, funciona a modo de préstamo, dado que una vez que el afiliado se jubile, el monto que aportó en este ítem será devuelto íntegramente a la pensión del afiliado, con reajustes e intereses. El restante 2,5% se destinará de manera permanente al Seguro Social, para financiar el SIS y una nueva compensación para mujeres.
El préstamo reembolsable que darán los cotizantes con cargo a un 1,5% de la cotización adicional que aportarán los empleadores, irá a pagar una garantía de 0,1 UF por año cotizado, con tope de 2,5 UF, para los actuales jubilados y quienes se pensionarán en los próximos años. Para que las mujeres puedan acceder a esta garantía, en la primera década de vigencia de este beneficio el único requisito es haber cotizado por un mínimo de 10 años. Después de ese lapso, el requisito aumenta a un mínimo de 15 años cotizados para ellas. En cambio, para los hombres el requisito mínimo es haber cotizado por 20 años.
Los beneficios del Seguro Social se empezarán a pagar desde el noveno mes de publicada la ley, esto es, la garantía de 0,1 UF por años cotizados y la compensación por diferencias de expectativa de vida que apunta a que las mujeres de 65 años o más tendrán derecho a una desembolso por parte del Seguro Social, para compensar la diferencia que exista con los hombres en su pensión producto de la mayor expectativa que tienen ellas.
Este aumento de la cotización que propone ahora el proyecto del 7%, se iniciará progresivamente al quinto mes de publicada la ley y se irá integrando en una gradualidad de nueve años. Es más, esa gradualidad podría ser de once años en caso de que la ley de Cumplimiento Tributario recaude menos de lo esperado. Ese fue precisamente uno de los cambios que introdujo el gobierno en la Comisión de Hacienda, luego de las recomendaciones que hizo el Consejo Fiscal Autónomo (CFA). Esto se compara con lo propuesto inicialmente por la reforma que presentó el gobierno en 2022, donde se enteraba la cotización del 6% en seis años.
El FAPP
Este proyecto crea el llamado Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), donde se destinarán de manera transitoria las cotizaciones del 1,5% que corresponde al préstamo reembolsable; así como el 2,5% del bono tabla y SIS que se aportará de manera permanente.
Cada tres años el FAPP tendrá que hacer estudios actuariales para evaluar su sustentabilidad financiera, es decir, que a futuro le alcancen los recursos para pagar los beneficios comprometidos. “Si dicho informe concluyera que, para alguno de los años comprendidos en ese estudio, el FAPP no será sustentable, el administrador del Fondo, en un plazo de dos meses, debe proponer los ajustes al Seguro Social Previsional que sean necesarios, luego el Presidente debe enviar un proyecto de ley en el plazo de cuatro meses y el Congreso debe despacharlo a Ley en el plazo de un año. Si no se cumpliera el cambio legal en un año, se reducirían los beneficios que entrega el Fondo”, explica un comunicado del Ministerio de Hacienda.
Por el otro lado, “si el informe sostuviera que el FAPP es superavitario, el Presidente debe proponer un proyecto de ley ajustando los parámetros en cuatro meses, y si al cabo de un año no hubiere una ley, se reducirá el aporte fiscal proporcionalmente manteniendo la sustentabilidad del Fondo”, agrega el documento.
Este también fue un cambio introducido luego de las recomendaciones del CFA, asimismo, se estableció que este estudio actuarial que realice el FAPP, deberá ser enviado al CFA, el cual podrá emitir una opinión sobre los efectos fiscales, advertir riesgos y proponer medidas de mitigación.
Sobre la gobernanza del FAPP, la reforma de pensiones llega con cambios tras las recomendaciones que hizo el CFA. La idea es que en vez de tener un gobierno corporativo similar al de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que se asemeje más al del Banco Central. Eso significa que, los cinco integrantes del FAPP durarán seis años, serán designados por parcialidades y todos deberán pasar por la aprobación del Senado después de ser designados por el Presidente de la República. El gobierno también planteó que sea paritario.
PGU
Otro de los temas que llegan este lunes a la sala del Senado, es un aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) desde los $224.004 en que estará en febrero próximo, a $250 mil, alza que se concretará en tres etapas, que se completan en un plazo de 30 meses desde publicada la ley.
La gradualidad para subir el monto de la PGU partirá desde el sexto mes de publicada la ley, para los mayores de 82 años en primer lugar. Luego de 18 meses de publicada la ley (12 meses posteriores al inicio de la transición) aplicará para aquellas personas que sean mayores de 75 años. Y a partir de los 30 meses de publicada la ley (24 meses desde el inicio de la transición) se incorpora a todo el resto de los beneficiarios, es decir, los mayores de 65 años.
Reorganización industrial
El proyecto que ingresó el gobierno al Congreso en noviembre de 2022 planteaba que las AFP se terminarían en 24 meses desde su aprobación y que se eliminaría el DL 3.500. Y que todas las funciones que hoy cumplen, se traspasarían al Estado. Eso sí, en algunas de ellas podrían participar los privados, por ejemplo, en hacer rentabilizar los fondos. Eso ya no sigue en pie en esta propuesta que llega este lunes a la sala del Senado.
El mayor cambio a la industria de AFP que se plantea ahora, es que se elimina la actual licitación de nuevos afiliados que hacen las AFP, y en cambio, se propone una licitación del stock de afiliados, mediante la cual se licitarán cada dos años grupos de afiliados que ya estén dentro de las AFP, los que son seleccionados de manera aleatoria, y que equivalen al 10% de los afiliados del sistema. Gana la subasta la administradora que oferte la menor comisión. Eso sí, solo podrán participar las AFP que tengan menos del 25% de los afiliados del sistema.
El proyecto también propone un nuevo sistema de carteras de referencias y de premios y castigos para las AFP en base a la rentabilidad de los fondos. Ahora se establece que el régimen de inversión va a definir carteras de referencia para cada fondo generacional, las que serán generadas previa contratación de consultoría de especialistas y va a ser sometida a consulta pública. Lo que se plantea acá es que cada mes se va a hacer una medición del promedio móvil de la rentabilidad de los últimos tres años, y si el fondo de pensiones supera las carteras de referencia en más de un determinado valor que va a ser establecido en el régimen de inversión, habría un premio para la AFP que le gane a esos portafolios de diferencia. El premio sería gradual y como un máximo el 15% de las comisiones cobradas en los últimos doce meses. Al revés, si existe un mal desempeño comparado, en ese caso tendrá que indemnizar al fondo en hasta un 15% de las comisiones del último año.
La reforma avanza hacia un sistema de cobranza centralizado, donde la Tesorería hará las gestiones extrajudiciales, cobrando los costos necesarios solo para la provisión del servicio; mientras que habrá un sistema único que será licitado a un proveedor de cobranza judicial. Asimismo, la iniciativa propone un cambio de multifondos por fondos generacionales.
Por otra parte, también se autoriza al Instituto de Previsión Social (IPS) para prestar servicios de administración de cuentas. Esto, porque lo que se está impulsando es que los actores que deseen entrar a competir para hacer rentar los fondos de pensiones, puedan hacerlo y subcontratar la gestión de cuentas en otra entidad como el IPS.
Asimismo, existe una norma que obliga a las AFP a registrar y reportar separadamente las funciones de soporte y administración de cuentas. También se propone más competencia para las AFP, entre otras cosas, habilitando a las cooperativas para poder constituir filiales que sean AFP, entre otras entidades.
Las barreras de entradas para que ingresen nuevos actores a competir se disminuyen con esta reforma. Por ejemplo, al reducir el encaje de las AFP, al cambiar el modo en que se calcula este mecanismo de resguardo: será un porcentaje de las comisiones que cobran las administradoras, equivalente a un 30% de las comisiones que cobren en los 12 meses anteriores.
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