Grupo P&G desiste de construir millonario proyecto inmobiliario Portezuelo en Vitacura y lo retira del Sistema de Evaluación Ambiental
El gerente general de Inmobiliaria L&L, Gerardo Larraín, confirmó esta mañana a Pulso que la compañía decidió no perseverar en la construcción del proyecto denominado Conjunto Armónico Portezuelo. "Llegamos a la conclusión de que Portezuelo no es un proyecto para el Chile de hoy”, dijo a Pulso. La iniciativa inmobiliaria consideraba una inversión total de US$250 millones y consistía en la construcción de 15 edificios, distribuidos en 26 módulos.
“No se hará por una serie de razones, entre ellas, la actual la situación del mercado inmobiliario. Llegamos a la conclusión de que Portezuelo no es un proyecto para el Chile de hoy”.
Con estas palabras, el gerente general de Inmobiliaria L&L, Gerardo Larraín, confirmó esta mañana a Pulso que la compañía decidió no perseverar en la construcción del proyecto denominado Conjunto Armónico Portezuelo en la comuna de Vitacura. La iniciativa de la inmobiliaria -propiedad de PyG Larraín- consideraba una inversión total de US$ 250 millones y consistía en la construcción de 15 edificios, distribuidos en 26 módulos. Estos correspondían a nueve edificios habitacionales y seis destinados a apart hotel a los pies del Cerro Alvarado.
A pesar de reducir su superficie y acotar el número de oficinas, igualmente la iniciativa había contado con la firme oposición de varios vecinos, entre ellos Marisa Morel, la hermana fallecida de la ex primera dama Cecilia Morel; Cristina Bitar, Marta Lagos, Bernardo de la Maza (ex convencional constituyente), el concejal de Vitacura Felipe Irarrázaval y la ex concejala Luz Pacheco. Parte de los opositores fueron representados en los últimos años por las abogadas Ana Lya Uriarte, actual asesora del Ministerio de Energía, y Valentina Durán, directora ejecutiva del SEA, quien se inhabilitó para conocer el proceso.
Según una revisión realizada por Pulso a la plataforma del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), entre el 12 de marzo de 2022 y el 21 de agosto de 2023, 154 proyectos han sido desistidos, por una inversión estimada de US$7.689 millones. Entre el 12 de marzo de 2018 y 21 de agosto de 2022, lo que abarca todo el gobierno de Piñera II y los primeros meses de este gobierno, se registraron 217 proyectos desistidos, por una inversión de US$13.441 millones.
El viernes, Pablo Larraín Kimber, representante legal de la inmobiliaria, envió un oficio al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) en el que comunicó que la compañía había decidido retirar del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Conjunto Armónico Portezuelo”. En su presentación no entregó detalles sobre los motivos del desestimiento.
Esta mañana, el director del SEA de la Región Metropolitana, Arturo Farías, puso término al procedimiento de evaluación ambiental del proyecto. Esto a pesar de que la iniciativa figuraba en el acta de proyectos que la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana debía someter a votación durante esta tarde.
En todo caso, las señales de la bajada del proyecto comenzaron a inicios de este año. El titular no entregó a tiempo su adenda, documento preparado por el titular de un proyecto o actividad, que responde a las consultas del Icsara, Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones y, por lo tanto, el proyecto tuvo un Informe Consolidado de la Evaluación (ICE) negativo.
El 13 de enero de 2023, la directora (s) del SEA, Jeannette Morales, recomendó a la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana rechazar la iniciativa. Lo anterior fundado en que el titular no subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el Icsara del 10 de febrero de 2022. “Ello en relación a complementar con estudios recientes el análisis del riesgo para el proyecto por la falla de San Ramón, como riesgo sísmico y riesgo de desprendimiento de rocas desde laderas de cerros adyacentes, debido a remociones en masa y a rupturas superficiales de la roca; complementar el plan de prevención de contingencias y emergencias del proyecto, y, describir las acciones o medidas a implementar en ambos casos para las citadas situaciones de riesgo. Cabe agregar, que, por lo anterior, el Titular no cumple con lo establecido en el artículo 102 del D.S. Nº40/2012, del MMA”, complementó.
Historia
En octubre de 2022, la inmobiliaria presentó un recurso de casación en la Corte Suprema en una de las últimas instancias para evitar los efectos de la sentencia del Tribunal Ambiental de Santiago, que ordenó retrotraer el proceso de evaluación ambiental del proyecto debido a que los informes presentados por el titular no estarían actualizados y se basarían en información inexacta sobre la falla geológica de San Ramón.
El fallo del Tribunal Ambiental de Santiago acogió parcialmente el reclamo de los vecinos y dejó sin efecto parcialmente la RCA del proyecto, “sólo en cuanto al análisis del riesgo relativo a la falla de San Ramón”, ordenando al SEA que complemente la evaluación sobre este aspecto, sobre la base de estudios geológicos recientes.
El Tribunal Ambiental ordenó retrotraer el procedimiento a etapa del primer Icsara. Luego de ello, se debería dictar una RCA complementaria que abordara adecuadamente el aspecto reprochado, acotó el laudo. Igualmente, el fallo destacó que la nueva revisión debía contar con la participación del Sernageomin, Onemi y la Municipalidad de Vitacura.
Frente a los cuestionamientos, la inmobiliaria sostuvo que “en teoría, esta falla es capaz de generar un riesgo sísmico para toda la ciudad de Santiago. Sin embargo, en las evaluaciones ambientales de los demás proyectos inmobiliarios en la Región Metropolitana no se ha empleado el mismo estándar que para el proyecto Conjunto Armónico Portezuelo”.
El 26 de julio de este año, la Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo entablados por la parte reclamante, Inmobiliaria L&L Limitada y el Servicio de Evaluación Ambiental, en contra de la sentencia de 1 de octubre de 2021, dictada por el Segundo Tribunal Ambiental.
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