Instagram gana a Gasco disputa por logo de Threads
Gasco intentó bloquear el uso del logo de Threads, la red social de Instagram, alegando que el diseño figurativo de la marca podría inducir a error o confusión con sus propias marcas. Sin embargo, el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi) falló a favor de Instagram LLC, rechazando la oposición de la empresa gasífera y permitiendo que “Threads” continúe su proceso de registro en Chile.
El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) falló a favor de Instagram LLC en la disputa de registro de la marca “Threads”, rechazando la oposición presentada por Gasco S.A. La empresa gasífera había argumentado que la marca figurativa de Instagram podría inducir a error o confusión con sus propias marcas.
El estudio Silva, encargado de la propiedad intelectual de Instagram LLC en Chile, contestó a la demanda indicando que tanto la red social de fotografías (Instagram) como “Threads”, red social creada por Instagram para compartir actualizaciones de texto y participar en conversaciones públicas, gozan de reconocimiento mundial entre los consumidores y que las diferencias figurativas entre las marcas eran evidentes.
Asimismo, señalaron que la etiqueta de Gasco se basa en una letra “G” estilizada, mientras que el diseño figurativo de “Threads” corresponde a una representación abstracta con formas y colores distintivos.
La batalla marcaria que comenzó hace un año, fue zanjada por el INAPI el pasado 2 de septiembre. La autoridad concluyó que las marcas pueden coexistir pacíficamente en el mercado, considerando las diferencias en sus elementos gráficos y en los giros comerciales que representan.
En su fallo, el INAPI consideró que no existían similitudes suficientes entre los signos para confundir al consumidor, destacando diferencias en color y configuración gráfica. Además, recalcó que la marca de Instagram está orientada al mundo digital y tecnológico, mientras que las marcas de Gasco están ligadas al sector energético y de servicios.
Este último punto, se explica por el principio de especialidad, el que, según la autoridad marcaria, “significa que, al otorgarse un registro marcario, éste otorga protección para los productos o servicios para los cuales se concedió registro”, lo que quiere decir que es posible la existencia y convivencia de marcas idénticas o semejantes que no compitan directamente ni compartan una relación significativa en el mercado.
Por lo anterior, el organismo desestimó los argumentos de la empresa gasífera, permitiendo que “Threads” avance en su proceso de registro en Chile.
Francisco Silva Dorado, socio del estudio Silva, indicó que el fallo reafirma la importancia de la protección marcaria y el reconocimiento de la identidad única de cada marca en su respectivo ámbito.
Otros casos
El estudio representa hace más de 10 años a Instagram y cuenta con otros dos fallos a favor de INAPI por cuestiones de marcas.
En ambos casos analizados, los solicitantes intentaron registrar marcas similares a las protegidas por Instagram, LLC. En el primer caso, Long Ma solicitó el 12 de noviembre de 2018 registrar la marca “IG” en la clase 9 para productos tecnológicos, lo que fue rechazado el 15 de octubre de 2019 debido a la similitud gráfica y fonética con la marca registrada “IGTV” de Instagram, que ya goza de notoriedad en redes sociales. El Tribunal determinó que el uso de “IG” podría inducir a confusión en los consumidores, quienes podrían pensar que ambos productos provienen de la misma empresa.
En el segundo caso, María Alejandra Palacio Ramírez solicitó el 4 de mayo de 2020 registrar “Instabook” en la clase 41 para servicios editoriales. Instagram, LLC se opuso, argumentando que la similitud entre “Instabook” e “Instagram” era suficiente para confundir a los usuarios, especialmente porque ambos signos comparten la raíz “INSTA”, asociada a los productos y servicios de entretenimiento y publicaciones electrónicas de Instagram. Este argumento fue acogido el 6 de noviembre de 2023, señalando que “Instabook” podría interpretarse como una extensión de “Instagram”.
Ambos fallos se sustentan en la Ley Nº 19.039 sobre Propiedad Industrial, que protege a las marcas registradas de intentos de registro de nombres similares que puedan causar confusión o error en cuanto a la procedencia o cualidad de los productos o servicios. Además, el Convenio de París, al que Chile adhiere, otorga protección a las marcas de fama mundial, como es el caso de ”Instagram” e “IGTV”.
En los dos casos se subraya la importancia de evitar registros de marcas que, aunque no idénticas, guardan similitudes con marcas notorias, dado que podrían aprovecharse del reconocimiento y reputación de la marca original, llevando a confusión entre los consumidores sobre su origen empresarial y afectando la exclusividad de uso que otorga la ley a los titulares de marcas previamente registradas.
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