“Nada ni ficticio ni simulado”: Tribunal confirma revocación de multa de Leonidas Vial y LarrainVial en caso Cascadas

Leonidas Vial es uno de los controladores de la sociedad de inversiones Santana S.A. FOTO: SEBASTIAN BELTRAN GAETE/AGENCIAUNO
“Nada ni ficticio ni simulado”: Tribunal confirma revocación de multa de Leonidas Vial y LarrainVial en caso Cascadas

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia del 22 de octubre de 2015 que exonera al empresario Leonidas Vial y la corredora LarrainVial del supuesto “esquema fraudulento” del caso Cascadas.


La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió este lunes 12 de febrero de 2024 confirmar la sentencia del 22 de octubre de 2015 que exonera al empresario Leonidas Vial y la corredora LarrainVial del supuesto “esquema fraudulento” del caso Cascadas.

En un fallo unánime, con tres votos favor y cero en contra, el tribunal de alzada desestimó el recurso de apelación del Consejo de Defensa del Estado (CDE) que intentó anular el fallo dictado por la jueza María Cecilia Morales Lacoste del 29° Juzgado Civil de Santiago.

“No existe un mal uso de operaciones bursátiles, los sistemas de operación bursátiles están aprobados por la SVS y consisten en un software que no se puede alterar, como constató la señora jueza a quo en su inspección personal y donde trató de hacer una operación fuera de precio de mercado que fue rechazada por el sistema”, consignó el laudo.

“En relación a la imputación de la SVS respecto de qué no importa que LarraínVial no haya sabido la intención con que se realizaban estas operaciones, sino que estaba en posición de entender su significado -que éste sería jurídicamente reprochable- y en consecuencia que debía abstenerse de operar, aparece del mérito de los antecedentes recopilados en el proceso, que ninguna de las operaciones cuestionadas fue clandestina. Por el contrario, el remate del 23 de septiembre de 2010, fue informado al día siguiente a la bolsa de valores y a la Superintendencia por Oro Blanco, que estaba obligada a hacerlo, porque era controladora de Pampa Calichera y en consecuencia, toda transacción que efectuara, sea de compra o de venta, debía informarla al regulador y a la Bolsa, conforme a lo dispuesto en los artículos 12 y 20 de la Ley N° 18.045″, acotó el fallo que cuenta con sólo ocho hojas.

Leonidas-Vial
“Nada ni ficticio ni simulado”: Tribunal confirma revocación de multa de Leonidas Vial y LarrainVial en caso Cascadas

“Lo mismo ocurre con los remates electrónicos de diciembre 2010 y enero de 2011, que dado que se trataba de transacciones entre Oro Blanco y Pampa Calichera sobre acciones de SQM, las tres entidades (Oro, Pampa y Soquimich) estaban obligadas a informar a la Bolsa y la SVS y así lo hicieron, según está acreditado en el expediente”, añadió.

Por otro lado, la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que “el informe en derecho del destacado académico, Luis Cordero Vega, sobre el estándar de revisión en el proceso contencioso administrativo de multas de la Superintendencia de Valores y Seguros, acompañado por esta última el 4 de mayo de 2016, tampoco logra desvirtuar lo que se ha razonado y decidido”.

“Conforme a las mismas reglas de la Ley de Mercados y Valores, estas compraventas fueron informadas al mercado y al SVS al día siguiente de su ejecución y sólo después de tres años, la reclamada decide primero formular cargos y luego sancionar a la Corredora que no participa con intención alguna en esta operación, que cumple con la normativa bursátil y que solo cobra una comisión, dejando totalmente libre de reproches a los clientes que eran los dueños de esa intención y beneficiarios de la misma. En consecuencia, la SVS no acreditó qué era lo reprochable de la actuación de LV en estas operaciones particulares, lo que permite aseverar que en estas compraventas no hay nada ni ficticio ni simulado. Las partes querían comprar y vender respectivamente, lo hicieron a través de la bolsa, pagaron el precio y entregaron la cosa”, concluyó.

Leonidas Vial contó con la asesoría de Alfredo Alcaíno y Marcelo Giovanazzi, socios de Alcaíno Abogados. Mientras que LarrainVial Corredores de Bolsa fue representada por el socio de Cariola, Gerardo Varela.

Origen

Todo comenzó cuando el 2 de septiembre de 2014, la Superintendencia de Valores y Seguros (hoy Comisión para el Mercado Financiero, CMF) resolvió multar a Julio Ponce Lerou, Aldo Motta Camp, Patricio Contesse Fica, Roberto Guzmán Lyon, Alberto Le Blanc, Leonidas Vial Echeverría, Manuel Bulnes Muzard, Felipe Errázuriz Amenábar y a Larrain Vial S.A. Corredora de Bolsa.

El regulador impuso una multa de UF 200.000 a Larrain Vial S.A. Corredora de Bolsa, en su calidad de intermediario de valores por el incumplimiento a dos artículos de la Ley de Mercado de Valores y la nfracción a los artículos 66 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Santiago y 64 del Reglamento de la Bolsa Electrónica de Chile.

LarrainVial
“Nada ni ficticio ni simulado”: Tribunal confirma revocación de multa de Leonidas Vial y LarrainVial en caso Cascadas

En el caso de Leonidas Vial, la SVS en su calidad de controlador de Inversiones Saint Thomas Ltda. y Agrícola e Inversiones La Viña) aplicó una multa a beneficio fiscal de UF 500.000. Ello, en función de la infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto previene que ninguna persona podrá efectuar transacciones o inducir o intentar inducir a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

En la Resolución N° 233, el regulador aplicó sanciones de multa que en su conjunto ascienden a UF 4.010.000 (aprox. US$164.000.000) en el marco del cierre de la investigación del denominado Caso Cascada. Ello, tras constatar una serie de infracciones a la Ley de Mercado de Valores y a la Ley de Sociedades Anónimas por actuaciones y operaciones que tuvieron lugar en el año 2010 -a partir de septiembre- y durante el año 2011.

Tras formular cargos el 6 de septiembre de 2013 y el 30 de enero del presente año, la Superintendencia decidió sancionar a determinadas personas relacionadas a las Sociedades Cascada (sociedades controladoras de la Sociedad Química y Minera de Chile S.A.: Norte Grande S.A., Oro Blanco S.A., Pampa Calichera S.A., Nitratos S.A. y Potasios S.A.), así como también a Larrain Vial S.A. Corredora de Bolsa y a ejecutivos y personas relacionadas a esta intermediaria. Según la resolución, la SVS acreditó que Larrain Vial S.A. Corredora de Bolsa y sus ejecutivos, Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz, formaron parte del esquema mencionado al articular, por ejemplo, una serie de operaciones bursátiles que si bien cumplieron formalmente con las exigencias que establecen las bolsas de valores de Chile, aparentaron ciertas condiciones habilitantes para la realización de estas operaciones, desnaturalizando el sentido de las ofertas en el sistema bursátil.

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