Reforma previsional: los cambios que podría haber en el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y el proyecto que queda pendiente

Reforma previsional: los cambios que podría haber en el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y el proyecto que queda pendiente

Según una disposición transitoria de la reforma, el gobierno enviará un nuevo proyecto, en un plazo máximo de tres meses (90 días) desde publicada la ley, “para regular los ajustes operativos y regulatorios necesarios para el pleno traspaso del SIS" al Seguro Social, así como "las mejoras a su funcionamiento, las normas que aseguren su sostenibilidad dentro del seguro y la licitación pública por medio de la cual se adjudicará”.


Uno de los cambios que trae la reforma previsional es respecto del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), y también es uno de los temas donde los expertos tienen más dudas, dado que el proyecto no resuelve todas las modificaciones sobre este mecanismo, sino que deja algunos asuntos pendientes que serán abordados en otro proyecto de ley.

En concreto, el gobierno propuso en las indicaciones un incremento de la cotización de 7 puntos con cargo al empleador. Con ello, la cotización que aportan los empleadores llegaría a 8,5%, dado que actualmente ya cotizan cerca de un 1,5% para el SIS.

Del 8,5% total que aportarán los empleadores, un 4,5% se destinará a las cuentas individuales de manera directa. Hay otro 1,5% que a futuro, dentro de 30 años, irá a las cuentas individuales, pero antes de eso y de manera transitoria se denominará “Aporte con Rentabilidad Protegida” y se destinará al llamado Seguro Social que crea el proyecto.

El restante 2,5% se destinará de manera permanente al Seguro Social, para financiar el SIS y una nueva compensación para mujeres. El SIS es un beneficio que ya existe, que se financia con una cotización que aporta el empleador, la que puede variar trimestralmente. Por ejemplo, en el último trimestre del año pasado para el SIS se cotizó un 1,5%, pero desde el primer trimestre de 2025 la tasa vigente del SIS para empleadores es del 1,38% de las remuneraciones y rentas imponibles. En la pandemia llegó a estar en cerca del 2%.

“Dado que el Seguro Social absorberá el actual SIS, reemplazando la prima que actualmente pagan los empleadores –que ha fluctuado entre 1,3% y 2,3% de la renta imponible, con un promedio de 1,5% en los últimos años— el incremento neto de cotizaciones de los empleadores será de 7%, el que se implementará gradual y progresivamente en un plazo de nueve años”, dice una minuta del Ministerio de Hacienda.

La reforma establece que una vez que se publique la ley, y luego de transcurrido un año y medio desde ese momento (18 meses), el SIS “pasará a ser una de las prestaciones del Seguro Social”. Desde ese momento, “dicho seguro será financiado por el Fondo Autónomo de Protección Previsional, mediante la cotización que realicen los empleadores al seguro social previsional establecido en la presente ley, sustituyendo la cotización que establece el decreto ley N° 3.500, de 1980, para tal efecto”, puntualiza la reforma.

Según una disposición transitoria de la reforma, el gobierno enviará un nuevo proyecto, en un plazo máximo de tres meses (90 días) desde publicada la ley, “para regular los ajustes operativos y regulatorios necesarios para el pleno traspaso del SIS del artículo 59 del decreto ley N° 3.500, de 1980, la forma en que las administradoras transferirán los recursos actualmente destinados al financiamiento de su operación, las mejoras a su funcionamiento, las normas que aseguren su sostenibilidad dentro del seguro y la licitación pública por medio de la cual se adjudicará, que realizará el administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional”.

Esto generó muchas dudas entre los expertos y la industria aseguradora, respecto de cómo funcionará el SIS. Fuentes al tanto de las tratativas señalan que el SIS seguirá siendo licitado a las compañías de seguros. Pero lo que se busca hacer en este nuevo proyecto que se enviará al Congreso, es modificarse cómo funciona el traspaso del SIS al Seguro Social, el modo en que se hará la licitación, por ejemplo, la cual actualmente está a cargo de las AFP, lo que dejará de ser así. Además, se podría buscar hacer algunas mejoras al funcionamiento de este seguro, que ha recibido algunas críticas en los últimos años, por ejemplo, se podrían hacer mejoras al control que se hace de quienes solicitan este beneficio.

Hasta que no se envíe un nuevo proyecto de ley sobre este asunto, y que entren a regir esos cambios, el Fondo del Seguro Social “transferirá los recursos para el SIS a las AFP, quienes deberán transferir la cotización destinada al financiamiento del seguro a las Compañías de Seguros de acuerdo al decreto ley Nº 3.500, de 1980″, dice la reforma.

El SIS

¿Cómo funciona actualmente el SIS? Si bien las AFP son las responsables del pago de beneficios en caso de invalidez de sus afiliados (si cumplen los requisitos) o de fallecimiento, también ellas en su conjunto están obligadas a contratar el denominado SIS, para lo cual deben realizar una licitación pública para adjudicarlo, que es precisamente el que se encarga de financiar estos beneficios y que se lo adjudica a la o las compañías de seguros de vida que presenten la mejor oferta económica.

Este es el seguro colectivo más grande que hay actualmente en el país, que cubre a más de 7 millones de personas. En el caso de los trabajadores dependientes, el SIS es financiado íntegramente por los empleadores. Cuando se trata de trabajadores independientes o afiliados voluntarios, este seguro es financiado por los propios afiliados. El SIS cubre a los afiliados no pensionados menores de 65 años. La cobertura es distinta según si se trata de afiliados que hayan cotizado como trabajadores dependientes, independientes o desempleados.

Si bien esta cotización puede variar año a año en cada licitación que se haga, siendo más alta o más baja cada algún tiempo, lo cierto es que tiene el carácter de uniforme para todos los afiliados al sistema. Es decir, todos los empleadores pagan lo mismo por cada trabajador.

Sin embargo, como acá se genera un subsidio cruzado de mujeres a hombres, porque en la práctica está comprobado que las mujeres tienen menos costos de invalidez y sobrevivencia que los hombres, al tener una menor siniestralidad y mayor longevidad, existe una “devolución” a las mujeres de esa cotización que pagó el empleador, diferencia que se deposita en su cuenta individual. Así lo explicó en 2017 la Superintendencia de Pensiones en una presentación: dijo que existe una “separación del costo entre hombres y mujeres al cobrar una prima única, pero ´devolviendo´ la diferencia en costo de las mujeres a su cuenta de capitalización individual”.

En los últimos años distintos actores han llamado a hacer mejoras al SIS, dado que estiman que no está funcionando de manera adecuada, incluso en 2020 se declararon desiertas algunas licitaciones de este seguro. Uno de los factores principales, es que ese registró un aumento relevante en la siniestralidad, es decir, ha subido la cantidad de personas que cobran el seguro para pensionarse por invalidez. De hecho, el número de solicitudes ingresadas en 2019 para obtener pensión de invalidez, y que están cubiertas por este seguro, simplemente se disparó: subió 24%, sumando 29.442 solicitudes. En 2018 el alza fue de 10%.

Pero también ha aumentado el monto promedio involucrado en cada siniestro. Lo anterior, considerando que lo que deben hacer las aseguradoras que se adjudican el SIS es que cuando una persona pide pensionarse por invalidez, deben cubrir la diferencia entre el monto que la persona tiene ahorrado en su cuenta individual, y lo que le falta para poder financiar su pensión y la de sus sobrevivientes. Pero lo que ha ocurrido en el último tiempo, es que el monto ahorrado por las personas ha bajado, en momentos en que la rentabilidad de los fondos de pensiones también ha disminuido, pues ya no es posible encontrar en el mercado los retornos que existían hace más de una década, sumado a los retiros de fondos de pensiones. La misma Asociación de Aseguradores también ha llamado a hacer mejoras al SIS.

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