La dura respuesta del presidente de Latam a la solicitud de AFP Capital
“Estimamos que es relevante para el mercado que AFP Capital haga apertura de sus intereses cuando en Chile argumenta defender los derechos de los accionistas de LTM y en Estados Unidos litiga como acreedor de la compañía", dice Ignacio Cueto.
Las discrepancias entre Latam Airlines y AFP Capital sobre la información, precios y políticas del directorio en torno a la reorganización financiera de la compañía, sigue creciendo. Y, además, mediante una carta firmada hoy 31 de agosto, Ignacio Cueto Plaza, presidente de la aerolínea, llama a la gestora a aclarar los eventuales conflictos de interés entre ser accionistas y acreedor.
En la carta, Cueto, da una dura respuesta a la petición de la administradora de fondos de pensiones, realizada el 27 de agosto, respecto de su solicitud de citar a una junta extraordinaria de accionistas. Y en ella señala que,“por encargo unánime del directorio, quien conoció de la Solicitud en sesión realizada con fecha 28 de agosto de 2020, respondo derechamente indicando que, en opinión de LTM, no existen razones para acogerla”.
En esa línea, el presidente de la firma explica que “llama la atención que la Solicitud discurre sobre los mismos argumentos que AFP Capital planteara en la presentación que hiciera a la Comisión para el Mercado Financiero (la “CMF”) el 31 de julio de 2020 pidiendo que se ordenara a LTM realizar una junta extraordinaria de accionistas. Para intentar dar sustento a dicha presentación, AFP Capital elaboró una confusa teoría respecto a quién es el controlador de LTM y anticipó juicio respecto al incumplimiento de las normas de gobierno corporativo aplicables para aprobar el DIP Financing, sin ningún antecedente, claro está, que le proporcionara sustento, más allá del ánimo de apoyar su solicitud”.
De hecho, Cueto señala que la CMF constató lo que es información pública desde el 30 de diciembre de 2019, esto es, que LTM no tiene controlador; y señaló que LTM se está ciñendo a la normativa aplicable para la aprobación de una operación con partes relacionadas.
“A LTM le extraña que AFP Capital reitere algo ya resuelto por la CMF y no se haga cargo de respuestas formales de LTM que son de dominio público y que inciden en los argumentos planteados en la Solicitud”, plantea.
A la vez, Cueto puntualiza que “nos parece especialmente problemático que en la Solicitud no se haga referencia alguna a que AFP Capital es accionista y la vez acreedor de LTM. También se omite en la Solicitud que, como acreedor, AFP Capital ha comparecido, designado abogados y actuado en todas las instancias procesales ante el Tribunal de Quiebras de los Estados Unidos que conoce del procedimiento de Capítulo 11 de LTM, objetando la propuesta de DIP Financing hecha por la compañía. Es decir, estamos en presencia de un accionista que está en pleno conocimiento del proceso en el que LTM se encuentra y que, asesorada por sus abogados, no puede sino tener pleno y completo conocimiento del estado de las cosas”.
“Para cualquier observador informado, AFP Capital es de aquellos acreedores que, contrario al interés social de LTM que dice promover, privilegia la propuesta alternativa de DIP Financing surgida al amparo de acreedores de LTM que miran únicamente a sus intereses. Dicha propuesta parcial, como consta de la respuesta del 13 de agosto de 2020 ya citada, fue rechazada por el directorio de LTM, previo informe del comité de directores, por ser menos ventajosa para la compañía”, enfatiza Cueto.
Por ello, estima que “podrá serle legítimo a AFP Capital defender sus intereses de acreedor, como el de muchos en esta pandemia, incluso en oposición a los intereses de la compañía, pero no lo es pretenderlo en su calidad de accionista”.
“Estimamos que es relevante para el mercado que AFP Capital haga apertura de sus intereses cuando en Chile argumenta defender los derechos de los accionistas de LTM y en Estados Unidos litiga como acreedor de la compañía. Asimismo, LTM esperaría que cualquier parte interesada que se atribuye un rol fiduciario tuviere la deferencia de someterse a lo que resuelva el Tribunal de Quiebras en vez de intentar obtener el resultado que prefiere recurriendo en paralelo al regulador de valores, a la misma Compañía y a la opinión pública”. finaliza la carta de Cueto.
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