Después de que en abril pasado el 13° Juzgado Civil de Santiago determinara que los exejecutivos de La Polar debían indemnizar en cerca de US$76 millones a las AFP Habitat, Cuprum y Planvital, por los daños causados a las inversiones de los fondos de pensiones a raíz del escándalo financiero que protagonizó el retailer, se esperaba que Provida corriera con la misma suerte.
Pero no fue así. Lo anterior, ya que el pasado viernes, el 14° Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda de la administradora en contra de Pablo Alcalde y otros seis exejecutivos de La Polar, donde exigía una indemnización superior a los $33 mil millones (unos US$60 millones) por el perjuicio económico que, acusó, sufrieron las inversiones que tenían sus fondos de pensiones en esa compañía.
Según la gestora, al 8 de junio de 2011, antes de que La Polar reconociera ante el regulador y el mercado que había realizado repactaciones irregulares en las deudas de casi un millón de clientes, los fondos que administra tenían invertidos más de $101 mil millones en el retailer, de los cuales un 40% estaban en acciones y el restante 60% en bonos.
"Que la calidad de 'cierto' del daño pretendido no se ha acreditado ni en el informe (pericial), ni en ninguna prueba aparejada a los autos. A este respecto se habrá de reiterar que el daño, para ser indemnizado, debe ser cierto, lo que significa que debe ser real, efectivo, tener existencia. Una acción que se transa en el mercado, de por sí no es cierta, está sujeta a múltiples factores, entre ellos la especulación", determinó el juez titular del tribunal de primera instancia, Osvaldo Correa Rojas, según consigna el fallo de 369 páginas.
Añadió que "no habiéndose acreditado el supuesto daño pretendido por el actor, no se configura tampoco el requisito de la relación de causalidad entre la acción u omisión culpable o dolosa y el daño producido".
Por todo ello, el juez Correa estableció que "siendo de carga de la demandante acreditar los perjuicios alegados y no existiendo en el proceso antecedentes probatorios aptos para determinar la supuesta pérdida alegada por la demandante, así como los demás requisitos de la responsabilidad extracontractual, la demanda incoada por AFP Provida S.A. habrá de ser rechazada".
La acusación de Provida
En la demanda, Provida había acusado que la negligencia y/o dolo y el engaño de Pablo Alcalde, Julián Moreno de Pablo, María Isabel Farah, Nicolás Ramírez, Pablo Fuenzalida, Martín González y Santiago Grage, en el ejercicio de sus funciones en los más altos cargos de gerencia de La Polar, fueron la causa directa y necesaria de los "enormes" perjuicios económicos sufridos por los fondos de pensiones que administra.
De este modo, buscaba que el tribunal condenara a los demandados solidariamente a indemnizar todo el perjuicio que sus acciones negligentes y/o dolosas causaron a los fondos.
En ese escenario, apuntaron al rol de Pablo Alcalde, expresidente y exgerente general del retailer en el periodo en el que se perpetraron los ilícitos.
"Según se dio cuenta y se acreditó en el procedimiento administrativo seguido por la SVS en contra de Pablo Alcalde, éste tuvo conocimiento de la práctica de las renegociaciones unilaterales al menos desde marzo del año 2009 y, no obstante ello, en vez de requerir el cese inmediato de esta práctica, la avaló participando con Farah y Moreno en su desarrollo", cuestionó Provida en su demanda.
Agregó que "esta participación de Alcalde no terminó una vez que dejó su cargo de gerente general de la compañía, sino que se extendió durante el tiempo en que se desempeñó como presidente del directorio, en el que cumplió una labor asimilable a la de un presidente ejecutivo, reuniéndose frecuentemente con los gerentes corporativos María Isabel Farah y Julián Moreno".
De este modo, indicó la gestora, las acciones de Alcalde y compañía fueron impactando en los precios de las acciones y de los bonos en los que invertían, lo que, según ellos, causó el millonario daño que expusieron en el juicio.
En este juicio Pablo Alcalde fue representado por el abogado Sebastián Yanine, del estudio Bofill Escobar Silva.