“Los límites impuestos en el Decreto Supremo Nº 1 del 2015 carecen de toda racionalidad y se apartan abierta e injustificadamente de los límites que se han establecido en otros países”. Así de duro es la reclamación que presentara Arauco ante el Tribunal Ambiental de Valdivia por la normativa que establece Normas Secundarias de Calidad Ambiental para la Protección de las Aguas Continentales Superficiales de la Cuenca del río Valdivia.

La compañía controlada a través de Empresas Copec por el grupo Angelini no fue la única que alzó la voz ante el órgano jurisdiccional, a ella se sumó Forestal Calle Calle, ligada a Eduardo Hartwig, y la Corporación para el desarrollo de la región de Los Ríos.

La normativa viene a reabrir el debate por los cuidados al medio ambiente tras el desastre ambiental en el Río Cruces. A partir de esa fecha la autoridad, a través del ministerio de Medio Ambiente, y el sector privado acordaron fijar una nueva normativa de cuidado ambiental en los efluentes al río Valdivia y hoy la normativa es fuertemente criticada.

De hecho, según Arauco “es entendible que el límite establecido en una norma secundaria chilena no sea igual a la que otros países (por cuanto busca regular o proteger un componente específico); sin embargo cuando las exigencias muestran diferencias más estrictas de hasta 300 veces respecto de los límites establecidos en otros países o por organismos internaciones, no queda otra posibilidad que sostener que se trata de una norma técnicamente desproporcionada o injustificada”.

En igual forma, Forestal Calle Calle estima que los limites de los elementos, como manganeso disuelto, hierro disuelto, nitratos y compuestos orgánicos halogenados (AOX) que son vertidos al río y fijados en su normativa por el ministerio de Medio Ambiente son “arbitrarios e injustos”.

Sin embargo, Arauco va más allá y pone sobre la mesa los efectos económicos que conllevará una normativa de este tipo para el sector forestal.

“Es más, se llegaría al absurdo que ni siquiera cesando las descargas de las actividades generadoras de efluentes en la cuenca, se cumpliría con los límites establecidos”, consigna en su escrito Arauco, representada por el abogado Mario Galindo.

Para la compañía los valores que impone el Ministerio de Medio Ambiente se apartan de “toda razonabilidad, conducirán irremediablemente a la declaración de zonas latentes y saturadas, para distintos parámetros de calidad de agua, y al establecimiento de un consecuente plan de prevención y descontaminación que necesariamente impondrá una reducción de emisiones “carente de sentido alguno, discordante de la realidad”.

Por último Arauco denunció que el Análisis General de Impacto Económico y Social (AGIES) que realizara el ministerio de lo que costará para el país no se tuvo a la vista como corresponde.

“Si bien el Acuerdo Nº 19 del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad se refiere en sus considerandos a la realización del AGIES el que habría estado un costo aproximado de US$38 millones por la implementación de un plan de descontaminación durante 20 años, lo cierto es que el informe propiamente tal aparece emitido e incorporado al expediente con posterioridad a al fecha de la sesión del consejo lo que refuerza la convicción de que ese organismo no lo tuvo a la vista”, denunció Arauco.

Por su parte Julio Burgos abogado de la empresa Forestal Calle Calle, agregó que “el decreto impugnado fue dictado a espaldas de la ciudadanía”.

“Lo cierto es que el Ministerio de Medio Ambiente pretende contra toda razonabilidad convalidar una consulta pública que tuvo lugar hace más de 3 años atrás y respecto de un proyecto que nada guarda en sintonía con la normativa de calidad que fue finalmente promulgada”, consigna el escrito presentado por la compañía.