En la dictación de la Ley Lafkenche han quedado recogidas las tradiciones y costumbres de los pueblos costeros, sin embargo su impacto en proyectos, principalmente energéticos, no ha estado exenta de polémica.
El problema central está en que uno de sus artículos dispone que en el caso que una misma área solicitada como espacio costero marino por un pueblo originario sea objeto de una solicitud de afectación para otros fines, la Subsecretaría de Pesca deberá suspender la tramitación de todos los procedimientos hasta que se emita el informe del uso consuetudinario de la Conadi, postergando indefinidamente la aprobación de cualquier proyecto.
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Dos soluciones parecen razonables con la eficiencia, eficacia y adecuada coordinación entre los órganos públicos. Por un lado, una solución sería derogar la suspensión inmediata que genera sobre el resto de los permisos la solicitud de espacio costero marino. Por otro lado, sería prudente incorporar causales de caducidad ante las demoras excesivas e injustificadas, que obliguen a pronunciamientos oportunos y expeditos.
Juan Carlos Flores Rivas - Profesor de Derecho Administrativo, Universidad de los Andes
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