Aunque Chile tiene un compromiso voluntario de reducción de un 20% de sus emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) para el año 2020, las autoridades se están preparando para dar cumplimiento a este acuerdo. No sólo porque no se vería bien renunciar a este objetivo, sino además el mercado se está transformando y exigiendo a nuestro país el comportamiento de país OCDE, con estándares más altos para la protección del ambiente, para enfrentar los efectos del cambio climático.
Dentro de este contexto, desde hace ya varios meses que se está desarrollando el proyecto MAPS, para calcular las emisiones que Chile tenía en 2007, año que se ha definido como el base para conseguir una reducción de emisiones de CO2 correspondientes al 20% de lo que Chile tendría desde ese año al 2020 sin ninguna política de mitigación.
Con este estudio desarrollado por un grupo multidisciplinario, también se pudo establecer la responsabilidad que tiene cada sector productivo en el total de emisiones del país (ya se sabe que la generación de energía tiene el porcentaje más alto).
Lo que viene a continuación es buscar fórmulas para que cada sector productivo reduzca sus emisiones, pero ya de manera no voluntaria, si no obligatoria. Para eso es que en el ministerio de Medio Ambiente se trabaja en estos días en un proyecto de ley para la fórmula más aceptada: un mercado regulado de transacción de emisiones.
Según Dieter Linneberg, director ejecutivo del centro de Líderes Empresariales contra el Cambio Climático (CLG), uno de los instrumentos más eficientes para bajar las emisiones de carbono es un comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. "En el Protocolo de Kyoto, la Unión Europea ha acordado reducir sus emisiones en un 20% al 2020, en relación a los niveles de 1990, y para lograr estos objetivos, en 2005 se implementó un sistema de derechos de emisión (EU ETS, por sus siglas en inglés), que permite la comercialización de derechos de emisión entre las compañías cubiertas por el sistema", explica.
"Cada sistema de comercio de derechos de emisión varía según cada caso, pero todos comparten el mismo principio básico de fijación de un límite máximo de emisiones totales y comercio, (Cap and Trade), basándose en el límite máximo de emisiones establecidas, el número total de derechos asignados y el método de asignación de los derechos de emisión para dichas entidades es establecido. Aquellas entidades están obligadas a mantener suficientes derechos de emisión para cubrir sus emisiones al final de cada período de cumplimiento. En caso de tener más derechos de emisión de los que necesitan, las entidades pueden vender sus derechos de emisión excedentes a una entidad que produce más contaminantes de lo que les es permitido, de esta manera tiene que comprar más derechos de emisión a los otros participantes del sistema", sigue el académico.
Para explicar un poco más en qué consiste el modelo, autoridades del ministerio de Medio Ambiente alemán estuvieron en Chile para dar seminario sobre comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero este año.
Entre las consideraciones que requiere este modelo, es preciso, según explica Linneberg, generar un sistema confiable de medición, reporte y verificación de datos de emisión de las distintas entidades. "Se debe asegurar desde un comienzo que una tonelada de CO2 emitida es en efecto una tonelada de CO2 reportada".
Si bien hoy existe una bolsa climática donde se pueden transar bonos de carbono en Chile, es un mercado voluntario. Con el proyecto de ley, las empresas tendrán límites a su emisión y deberán trabajar para reducir si sobrepasan esas barreras o pagar.