Anticipándose al debate sobre el proyecto de ley de nueva Constitución que enviará en los próximos días el Gobierno, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados ha avanzando de manera silenciosa en la aprobación de un conjunto de reformas a la carta fundamental.
Dentro de las propuestas que abarcan cambios a los capítulos I a VIII de la Constitución, los que regulan los procesos de formación de las leyes y la introducción del principio de transparencia y acceso a la información, se despachó un cambio que fue calificado como "histórico" por el presidente de la instancia, Fuad Chahín (DC): la restricción del ámbito de control preventivo de constitucionalidad que hace de oficio el Tribunal Contitucional (TC) respecto de los proyectos de ley.
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El acuerdo -que fue de tipo transversal- surge justo en medio de la controversia por la eventual eliminación de las potestades sancionatoria y normativa que habría realizado el TC -precisamente en el marco de un control de constitucionalidad- al proyecto de ley del Ejecutivo que empoderaba el Sernac.
En una sesión de la semana pasada los diputados de la Comisión de Constitución pactaron retrasar el envío de un oficio al Tribunal plantenado reparos por las filtraciones del veredicto sobre el Sernac, a cambio de impulsar el estudio de la revisión de las competencias del TC.
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Ayer los parlamentarios avanzaron en el punto y despacharon una modificación al artículo 93 de la carta magna, que regula las competencias del Tribunal Constitucional, acotando la revisión que pueda hacer el organismo sólo respecto de las normas que determine el oficio de la cámara de origen que se envía al TC para su control.
Actualmente, la legislación permite al TC, sobre la base de un criterio jurisprudencial, cambiar o incluso ampliar las normas de Ley Orgánica Constitucional (LOC) que deberían ser objeto de examen de constitucionilidad. Los trascendidos apuntan a que esta última situación fue la que sucedió en la revisión que hizo el organismo respecto de la reforma al Sernac, lo que derivó en acusaciones de "extralimitación" de facultades contra el Tribunal.
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El cambio aprobado por la Comisión mantiene el actual control preventivo de los proyectos de ley que hace el TC a partir de requerimientos presentados por parlamentarios y el Ejecutivo y también siguen vigentes los exámenes "ex post" que realiza a las leyes a través de recursos de inaplicabilidad y acciones por inconstitucionalidad.
Integración
El texto con las reformas contitucionales, que incluyen la restricción del ámbito del control preventivo del TC, fue despachado a la Sala de la Cámara de Diputados para su votación en general y en particular. La Comisión de Constitución, sin embargo, dejó pendiente la presentación de dos indicaciones a la Sala: una regulación expresa en la Constitución de la tramitación de los recursos de protección y de amparo económico y una nueva estructura de nombramiento y composición del Tribunal.
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Respecto de esta última propuesta, hasta ahora no se ha generado unanimidad en la Comisión. Por un lado, está la idea de cambiar la forma de nominación de los ministros del pleno del TC (hoy intervienen los tres poderes del Estado-, hasta reducir a un número impar su composición. El diputado Fuad Chahín también planteó explorar incluir causales de remoción a los ministros.