Sólo quedará en pie una Superintendencia cuando se ponga en marcha la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ya que la nueva instancia viene a reemplazar a la de Valores y Seguros (SVS) y, más tarde, a la de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF). De este modo, el regulador de Pensiones será el único que quedará bajo esta figura unipersonal.
Los líderes de las tres superintendencias actualmente tienen dos instancias de reunión, y una de ellas es el Comité de Superintendentes del Sector Financiero (CSSF), donde también participa el Banco Central en calidad de miembro observador. ¿Entonces, cuál será la función de la instancia una vez que se ponga en marcha la CMF?
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Esa fue justamente la consulta que hizo la Secretaría Técnica, representada por Patricia Guajardo, en la sesión de octubre.
"De conformidad con el proyecto que modifica la Ley General de Bancos (LGB) y adecua la Ley 21.000 que creó la CMF, en actual tramitación, se dejó constancia que el CSSF seguiría en funcionamiento de aprobarse esta iniciativa legislativa", señala el acta de la sesión.
A la reunión de octubre donde se discutió el asunto, asistió el superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, el de Bancos, Eric Parrado, la gerente de la División Política Financiera del Banco Central, Solange Berstein, pero en representación de la SVS no llegó el superintendente Carlos Pavez -quien además será el primer presidente que tendrá la CMF una vez que el órgano colegiado comience sus funciones-, sino que asistió Patricio Valenzuela, intendente de Regulación del Mercado de Valores, entre otros participantes de las respectivas superintendencias, según reza el acta de la sesión.
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Así, el Comité de Superintendentes seguiría funcionando una vez que se ponga en marcha la CMF, por lo que continuarían siendo dos las instancias de reunión de los reguladores. La segunda es el Consejo de Estabilidad Financiera (CEF). Eso sí, este último también está compuesto por el Ministerio de Hacienda, quien lo preside, y en ocasiones asisten otras carteras para hablar de temas específicos, como es el caso de Economía.
Las diferencias entre ambas instancias son varias, pero la principal, es que no se tocan los mismos temas. De este modo, el Comité de Superintendentes es más operativo y se discuten temas que tienen que ver con normativas. En ese sentido, pueden compartir casi cualquier tipo de información, ya que en las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.190 de junio de 2007, se estableció que "con el objeto de velar por el cumplimiento de los deberes de fiscalización, los superintendentes de Bancos e Instituciones Financieras, Valores y Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones podrán compartir cualquier información, excepto aquella sujeta a secreto bancario".
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El CEF, por su parte, toca temas que puedan complicar la estabilidad del sistema en su conjunto, por lo que no habla de todas las innovaciones regulatorias que estén concretando los organismos. Éste fue creado en 2011 "para velar por la integridad y solidez del sistema financiero, proveyendo los mecanismos de coordinación e intercambio de información necesarios para efectuar un manejo preventivo del riesgo sistémico y para la resolución de situaciones críticas que involucren el ejercicio de las funciones y atribuciones de las superintendencias del área económica", señala el sitio web del Ministerio de Hacienda.
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Por otro lado, el Comité de Superintendentes fue creado en 2001, y su función consiste en ser una instancia de colaboración y coordinación entre los organismos que lo constituyen, con el objetivo de resguardar y asegurar el cumplimiento de sus fines y el buen funcionamiento y desarrollo de los mercados financieros y de capitales, según establece la resolución conjunta que creó al Comité hace más de quince años.