La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección presentado en contra de la compañía minera Nevada SpA, la Superintendencia de Medio Ambiente y la Comisión de Evaluación Ambiental de la Tercera Región, tras establecer que no existen actos concretos de los recurridos que afecten los derechos de las comunidades indígenas y de los habitantes de la cuenca del río Huasco, los que solicitaron el cierre definitivo del proyecto minero Pascua Lama.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic, Manuel Díaz y el fiscal judicial Rodrigo Padilla - estimó que "no existe acción u omisión arbitraria o ilegal que justifique acoger el recurso incoado u actos concretos que afecten los derecho de los recurrentes por la aprobación del proyecto minero".
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Esta decisión significa un nuevo revés para los más de 60 habitantes de la comunidad de Huasco, quienes en febrero había nuevamente presentado un recurso de protección en contra de este proyecto, por el cual completan más de 15 años protestando por su realización.
El recurso planteaba solicitaba la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental –RCA- otorgada a Pascua Lama en 2006 y el cierre definitivo de complejo minero. El tribunal determinó que un recurso de protección no es la vía para expresar reclamos o reparos contra resoluciones ambientales, sino que estos deben hacerse ante el mismo comité de Ministros.
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