A ocho meses que el Sernageomin y la empresa Cerro Bayo anunciaran el término de la búsqueda de los dos mineros atrapados en la mina Delia II, Jorge Martínez y Enrique Ojeda, la Corte Suprema ordenó tanto al organismo como a la firma reiniciar las labores, luego que la familia interpusieran un recurso de protección exigiendo que se retomaran las labores.
Según el fallo, "la decisión de la recurrida Compañía Minera Cerro Bayo Limitada -empleadora de los referidos mineros- en orden a paralizar la búsqueda y rescate de estos infringió el deber legal establecido en el artículo 184 del Código del Trabajo y que le exige adoptar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente tanto la vida como la salud de los trabajadores; amenazando, por ende, el derecho tanto a la vida de los mineros Jorge Sánchez Martínez y Enrique Ojeda como a la integridad física y psíquica de ellos y de los recurrentes, atendida su relación de familiares directos".
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En ese sentido, el máximo tribunal sostiene que con la decisión de Sernageomin y de la controladora de la mina, las dos entidades "incurrieron en actos arbitrarios e ilegales que conculcaron los derechos que tanto a ellos como a los recurrentes les reconoce el artículo 19 Nº 1 de la Constitución Política de la República".
Por eso la Corte determinó que "los recurridos deberán continuar con las labores de búsqueda de Jorge Sánchez Martínez y Enrique Ojeda González hasta agotar los medios disponibles".
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Cabe recordar que los familiares de Martínez y Ojeda interpusieron un recurso de protección en contra del Sernageomin y Cerro Bayo, acusando a ésta última de no haber "desplegado todos los recursos necesarios para poder rescatar a los dos mineros atrapados a pesar de estar obligada a ello por el artículo 184 del Código del Trabajo, pues señaló a los recurrentes que ya no continuaría con su búsqueda debido a que no podría hacer nada al respecto, al haberse agotado tanto las alternativas técnicas de búsqueda como sus posibilidades económicas".
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En el caso del Sernageomin, las familias de los mineros reclamaron que el organismo puso fin a la búsqueda "a pesar de tener por función controlar y fiscalizar el cumplimiento de la normativa sobre seguridad en las instalaciones mineras a fin de proteger la vida e integridad física de las personas que laboran y están ligadas a ellas, como así también de las instalaciones e infraestructura que hacen posibles las operaciones mineras".