A partir del 1 de enero de este año comenzó a regir para los trabajadores independientes, la obligación de cotizar por el 100% de su renta imponible anual, sin posibilidad de renunciar a ello, la que se hará efectiva en la declaración de impuestos del próximo año.

Si bien eso está establecido por ley, las autoridades de gobierno ya han anunciado modificaciones en esta norma, aunque manteniendo su obligatoriedad.

Esto, dado que la normativa establece que la obligación de cotizar se puede hacer de manera mensual o en la Operación Renta, en este caso a partir de 2019, teniendo que cotizar para pensión, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y salud. Y es en este último punto, salud y seguridad laboral, el que presenta mayores dificultades.

¿Por qué? Tanto en la actualidad como en el diseño del proyecto de ley, al cotizar en la Operación Renta que viene (y no de manera mensual), el trabajador independiente hace pago del seguro por accidentes y salud. Sin embargo, éste no puede hacer uso del beneficio, porque se cancela por un servicio supuestamente ya "otorgado".

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La normativa vigente establece que para dar cobertura en materia de salud y accidentes del trabajo hay que estar al día y pagar de forma anticipada las cotizaciones.

Este problema ya había sido identificado al implementar la Reforma Previsional de 2008, y desde esa fecha que los distintos gobiernos han buscado fórmulas para solucionarlo. No obstante, hoy se hace más urgente dado que la cotización es obligatoria.

Por lo mismo, desde el Ejecutivo están evaluando distintas fórmulas para, por un lado, que los trabajadores independientes que cotizan durante la Operación Renta obtengan el beneficio, y por otro, para incentivar la cotización mensual.

Fuentes cercanas al proceso, sostienen que se está considerando hacer retroactivo el beneficio, es decir, cotizar anual por salud y accidentes, y hacer uso del beneficio al año siguiente.

Además, otra opción -y que correría con más ventaja-, es hacer un mecanismo similar a los Pagos Provisionales Mensuales (PPM), que son los pagos que deben efectuar los contribuyentes como una provisión contra los impuestos anuales que se determinan a fines del año en que se producen las rentas.

De esta manera, la idea sería que se hiciera un cálculo anual y descontar un porcentaje del 10% de retención de la boleta de honorarios, para el pago de estas cotizaciones. Para ello, desde Previsión Social iniciarían las consultas al Servicio de Impuestos Internos (SII) para lograr alcanzar la fórmula más adecuada.

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Gradualidad

La subsecretaria de Previsión Social, María José Zaldívar, ya ha señalado que se está considerando graduar la cotización obligatoria, sobre todo considerando que en 2017 sólo el 6,1% de los trabajadores independientes (135.737 personas) ahorró para su pensión.

En este caso, desde el gobierno estarían mirando con buenos ojos la propuesta de la administración anterior, en cuanto a la posibilidad de cotizar por un porcentaje inferior de su renta, el que aumentará gradualmente en un período de entre 8 y 15 años, hasta alcanzar el 100%.

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Además, se mantendría la excepción de cotizar en pensiones para los trabajadores independientes que tengan 55 años o más, en el caso de los hombres, o 50 años o más, en el caso de las mujeres.

Al mismo tiempo, por ahora, desde el gobierno habrían descartado acoger la solicitud de los senadores de congelar la cotización obligatoria hasta la presentación del proyecto de ley, ya que apuntan a la necesidad de generar la cultura y costumbre de este proceso.

De todas maneras, la iniciativa legal que debe presentar el Ejecutivo debiera ingresar en las próximos meses al Congreso antes del proyecto de la Reforma Previsional, dado la urgencia y presión parlamentaria que está teniendo el tema.P

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