Al revisar la Ley de Presupuestos 2018, el Tribunal Constitucional determinó que una serie de indicaciones agregadas por los parlamentarios no se ajustan a las materias propias del Presupuesto, sino que corresponden ser legisladas en leyes específicas comunes o son de iniciativa presidencial. En particular, es el caso de la indicación que establecía el traspaso de trabajadores de honrarios a contrata en el Estado con igual sueldo. Pese a que el propio Gobierno advirtió en su momento que la propuesta no era financiable, al final no presentó un requerimiento por inconstitucionalidad. La actuación de oficio por parte del Tribunal Constitucional, sin duda, será materia de controversia y de nuevo plantea el problema de si opera o no como "tercera cámara".
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Con todo, lo relevante en este contexto es que el Tribunal Constitucional haya esclarecido la naturaleza formal de las leyes, en particular lo que debe o no ser materia del Presupuesto. Sin duda, el Presidente y el Congreso pueden impulsar iniciativas, pero para ello deben someterse a las reglas establecidas en la Constitución delpaís y en el caso de la de Presupuestos, someterse a su naturaleza legal y técnica. Esta claridad podría contribuir a mejorar el debate parlamentario.