La resolución de la Dirección del Trabajo respecto de la huelga del sindicato de tripulantes de Lan Express, que dictaminó que los trabajadores paralizados no podían poner fin a la movilización al aceptar de manera colectiva la última oferta presentada por Latam, generó visiones divergentes entre los expertos, con algunos apoyando el informe y otros, oponiéndose.

El fallo de la DT es "totalmente correcto", según Luis Lizama, abogado laboral de Lizama & Cía. "El dictamen se ajusta absolutamente a nuestra legislación laboral y lo que plantea la Dirección del Trabajo es lo que debería resolverse conforme a la ley laboral vigente", sostuvo.

[ze_adv position="adv_300x100" ]

El especialista precisó que si el directorio del sindicato quiere finalizar la huelga, puede hacerlo, pero en dicho caso se quedan con el piso mínimo y no con la última oferta. "Si quisieran tomar la última oferta, la fórmula supone que cada trabajador debe volver a trabajar.

Por su parte, José Luis Ugarte, académico de la Universidad Alberto Hurtado (UAH) especialista en temas laborales, aseguró que "una de las premisas del dictamen está profundamente equivocada y es la de sostener que el sindicato no puede deponer por su voluntad la huelga. Incluso sin saber derecho, eso supone un ridículo, que alguien tiene que mantener una huelga contra su voluntad".

[ze_adv position="adv_300x250-A" ]

El abogado añadió que "desde el punto de vista jurídico, es un profundo error, porque en el Código del Trabajo, el único titular de la huelga es el sindicato, por lo tanto, como titular, el sindicato puede convocar y desconvocar la huelga".

A su juicio, la interpretación de la DT es "ilegal" y desconoce que el principio central es la libertad sindical. "Es una interpretación abiertamente pro-empresarial", expresó.

¿Contrato individual o colectivo? Los expertos también discrepan respecto de la situación en la quedan los miembros del sindicato, ya que Lizama estima que los trabajadores van a quedar con un pacto individual, mientras que Ugarte cree que ellos sí quedan bajo la figura de un convenio colectivo.

"Lo que ofrece la última oferta va a quedar pactado individualmente y no va a haber instrumento colectivo para el sindicato", declaró Lizama, quien detalló que la normativa actual protege menos a los sindicatos que en el pasado.

[ze_adv position="adv_300x250-B" ]

"La regla anterior a la reforma laboral era más protectora del sindicato, porque si se hubiese provocado el descuelgue de la mitad más uno, lo habría dejado al sindicato con instrumento colectivo y con la última oferta, pero, con la reforma laboral del modo que se aprobó, esa alternativa no es posible".

En ese sentido, el jurista planteó que el sindicato de Lan Express podría volver a presentar un proyecto de negociación colectiva una vez que se descuelgue el 100% de los trabajdores, "porque estarían vinculados sólo por instrumentos individuales.

[ze_adv position="adv_300x250-C-net" ]

En tanto, Ugarte manifestó que "el sindicato representa a los trabajadores y, por lo tanto, hay una suerte de descuelgue colectivo y esos trabajadores quedan sujetos a un contrato colectivo".

El docente de la UAH reconoce que hay un espacio de interpretación "abierto" que debería ser zanjado por los tribunales. De hecho, el sindicato ya interpuso una demanda contra la aerolínea.

Desde su punto de vista, "el juez debe darle preferencia a la interpretación de estas normas legales que fortalezca la acción sindical, no que la menosprecie".

Por su parte, Lizama advirtió que "esa demanda tiene pocas posibilidades de prosperar, porque alguien podría plantear que la titularidad de esa demanda es de cada trabajador, no del sindicato, porque el ejercicio de la facultad del sindicato es sólo para el piso, no la última oferta".