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Gobierno publica estricto reglamento de ley "Súper 8"

Tras varios meses de trabajo de la mesa técnica conformada por el Ministerio de Salud (Minsal), las autoridades sectoriales dieron a conocer los detalles del reglamento de la ley de etiquetado de alimentos, o ley “Súper 8”, la que establece nuevos límites a los productos envasados que contengan azúcares, calorías, grasas y sodio.

La normativa obliga a rotular los alimentos que estén por sobre los límites impuestos por el Minsal con un signo Pare con fondo negro y letras blancas que diga “Exceso en...”.

El Subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows  explicó respecto a las restricciones del reglamento que “nosotros tenemos de los más altos consumos de tabaco y también de las más altas prevalencias en cuanto a obesidad. Por lo tanto a problemas más graves las soluciones deben ser avanzadas”.

En esta línea una de los modificaciones a la versión anterior del reglamento y que despertó críticas en el sector empresarial, fue la prohibición de añadir información nutricional complementaria en el envase, ni las propiedades nutricionales.

El presidente de Alimentos y Bebidas de Chile A.G. (ABChile), Rodrigo Álvarez, que agrupa a 18 de las más grandes empresas del sector de alimentos, como Agrosuper, Arcor, Bimbo, Cambiaso, Carozzi, CIA Alimentos, Coca Cola y Nestlé, entre otras aseguró: “Tenemos una visión crítica de este reglamento. No contribuye a una correcta información sino que por el contrario confunde al consumidor.  Creemos que no se recoge adecuadamente la experiencia internacional, tiene un tono de prohibición más que de educación. Los limites son exagerados e incorrectos para los productos. En cuanto al rotulado, elimina información que puedes proporcionar, como el GDA que permite conocer los gramos por porción y el porcentaje que representa de las necesidades diarias, ni tampoco podríamos poner si tiene más o menos fibra u otros contenidos”.

Otro de los aspectos que aborda el reglamento es la publicidad de los alimentos que excedan los límites, es decir, aquellos que estén fuera de lo permitido no podrán publicitarse en medios de comunicación u otro medio dirigido a menos de 14 años. Además el reglamento dice que “no podrán utilizarse para promocionar el consumo de ningún alimento o producto alimenticio, ganchos comerciales tales como la entrega de juguetes, accesorios, adhesivos, incentivos al consumo u otros similares”.

Respecto a este ítem,  Álvarez afirmó: “En publicidad vamos a hacer un estudio mas detallado, hay varios elementos que hay que precisar en cuanto a las cifras de audiencia y que se deben respaldar con mayor información”.

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