Llegó el turno de Julio Ponce. El controlador de la cascada sobre SQM declarará este jueves ante la Fiscalía Centro Norte en el marco de la querella que su defensa interpuso en contra de funcionarios de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) por el delito de prevaricación y abuso contra particulares.

Ésta será la primera vez que Ponce prestaría declaraciones en cualquiera de las aristas que lo involucran con el Caso Cascada. Pues tanto en el proceso investigativo de la SVS, como cuando la Fiscalía Oriente investigaba la querella interpuesta por un accionista minoritario de la cascada -por el delito de operaciones ficticias-, éste se excusó de ir a declarar aduciendo motivos personales.

La Fiscalía Centro Norte, hoy a cargo de todas las querellas que se enmarcan en este caso, ya tomó las declaraciones de la defensa del empresario, los abogados Raimundo Labarca y Alejandro Parodi; así como la del abogado de Moneda, Pedro Pablo Gutiérrez; y las de los propios querellados, es decir, el titular de la SVS, Fernando Coloma; el intendente de Valores, Hernán López; y el jefe del área de cumplimiento de mercado, Hugo Caneo.

EL LINK CON EL CASO SERRANO
Las declaraciones de Ponce se darían en medio de la labor de su defensa por recabar nuevos antecedentes en relación a esta arista.

Uno de éstos tienen que ver con el Caso Serrano, el cual involucró a la extinta corredora de bolsa Raimundo Serrano McAuliffe, luego de que la Corte de Apelaciones acogiera el recurso de "ilegalidad" presentada por uno de los ex directores de la firma, motivando el rechazo de la SVS.

En julio pasado, la Corte de Apelaciones acogió unánimemente el recurso de "ilegalidad" de Ernesto De Val, ex director de la extinta intermediaria, quien en 2011 fue multado por la SVS con UF12.000 tras detectarse un uso indebido de custodias en la corredora, lo que se tradujo en su posterior quiebra. Esta fue la única sanción que no ratificó la Corte, pero sí lo hizo para el resto de los involucrados, entre ellos Tomás Serrano, ex gerente general.

María Luz Schachtebeck, abogada de la SVS, reclamó la decisión de la Corte a través de un documento de 142 páginas, el cual llegó a manos de la defensa de Ponce. En éste, expuso: "Esta Superintendencia hizo ver que la Ley 19.880 -sobre cuya base se tramitan los procesos sancionatorios ante la ausencia de otra norma especial que los regule- se limita a establecer las grandes etapas del proceso (...) Así las cosas y en el entendido que la Superintendencia realiza sus procedimientos sancionatorios sobre la base de reglas procedimentales que se autodetermina (...) no correspondía que los ministros y abogado integrante recurridos hayan declarado la ilegalidad de la resolución".

Este documento sería un antecedente clave para la defensa de Ponce, considerando que éste revelaría una cierta "autodeterminación" en el modo de actuar de la SVS, así como la ausencia de una ley expresa que regule la forma sobre cómo debe llevar adelante procedimientos administrativos, teniendo como base las declaraciones de un funcionario interno de la entidad.

Los abogados del controlador de la cascada han criticado en reiteradas ocasiones el actuar de la SVS, llegando a catalogarlo como "parcial". Según han sostenido, no existirían antecedentes de que la SVS efectuó las diligencias pedidas por Ponce, como por ejemplo citar a declarar a personeros de las AFP, en el marco del proceso investigativo de la SVS. Tampoco ha requerido detalles del fideicomiso del Presidente Sebastián Piñera, como lo ha pedido Ponce, argumentando que esta información no tienen relación con el "esquema" detectado en la investigación, el cual ya tiene a 15 personas y compañías con formulaciones de cargos.

Por esta razón, entre otros hechos propios del procedimiento de la SVS, los abogados de Ponce recurrieron a la Contraloría General de la República con el objeto de que ésta se pronuncie sobre la legalidad del proceso de la SVS, cuyo veredicto se conoció hace un par de semanas.

En éste, el contralor Ramiro Mendoza sostuvo que no iba a pronunciarse sobre un proceso en curso, aunque la SVS debía atenerse a la Ley 19.880, relativa a la base de procedimientos administrativos. Declaraciones que para la defensa de Ponce fueron consideradas como un triunfo, al interpretarse como una instrucción de la Contraloría hacia la SVS, pero que para el organismo regulador no fueron más que una ratificación respecto de cómo ha actuado en éste y en anteriores procedimientos.


CASO INVERLINK
Otro antecedente interesante para Ponce y compañía es el fallo en que el ex ministro en visita del Caso Inverlink, Patricio Villarroel, absolvió a BBVA de infringir el inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Valores, el cual prohibe efectuar transacciones o inducir a la compra o venta de valores, por medio de cualquier acto engañoso.

La importancia del fallo es que nadie habría sido objeto de un engaño en dicho caso, tampoco en el Caso Cascada, sostienen cercanos a las matrices de SQM.