El Trigésimo Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda de interés colectivo presentada por la Organización de Defensa de los Consumidores (Odecu) en contra de la AFP Habitat por infracción a la Ley de consumidores.

La organización demandaba el cobro de una comisión de 0,95% por la administración de la cuenta de ahorro voluntario o cuenta 2 de los afiliados a esa aseguradora.

En fallo la jueza Claudia Pamela Salgado Rubilar desestimó la acción por infracción a la ley al considerar que la AFP Habitat actuó dentro del marco de la ley al establecer a partir del año 2009 un cobro por la administración de los fondos de las cuentas de ahorro voluntario.

"se entiende que la AFP Habitat, al momento de establecer la comisión por concepto de administración de la Cuenta de Ahorro Voluntario, dio cumplimiento a la normativa legal vigente a que se encuentra obligada y que sus titulares fueron debidamente informados de la modificación en la forma expresamente regulada en la Ley y su Reglamento" establece el fallo.

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