A segunda fase. Un cambio en el cronograma fijado entre los acreedores y la caja La Araucana vería el proceso de canje de deuda pactado en el marco de la reorganización judicial, luego de que el pasado 19 de diciembre la SVS respondiera a la entidad que la junta de tenedores de bonos del instrumento letra F, por el que  canjeará sus acreencias, debe aprobar el paso a las condiciones de la etapa dos por el hecho de que su emisión corresponden a una etapa con condiciones distintas. El acuerdo implicaba que $425 mil millones en deudas de bancos y bonistas sería repactado en dos fases mediante un bono que sería emitido en la primera fase, la cual dura hasta el 27 de abril, pero el que será canjeado por las acreencias a partir de dicha fecha. La SVS señaló que los acuerdos de reorganización sólo afectarán a los acreedores cuyos créditos se originen con anterioridad a la resolución de reorganización, y que “los créditos que se originen con posterioridad no serán incluidos en el acuerdo de reorganización judicial”. Así, según el regulador, no obstante lo estipulado en el acuerdo de reorganización, los papeles deben enterarse a la normativa aplicable, es decir al artículo 3 de la ley 18.045, por lo que “los bonos cuya inscripción solicita la araucana son títulos de crédito que sólo pueden nacer con posterioridad a la fecha que se dictó la resolución de reorganización”.  Esto, implicará que la caja probablemente deba emitir el bono en la fase dos, algo que podría ser anunciado en los próximos días.