"Ley del saco": salud y seguridad para los trabajadores
Por Jeannette Jara. El 17 de septiembre comenzó a regir la modificación al Código del Trabajo que reduce el peso de carga máxima permitido para la manipulación manual que hagan trabajadores y trabajadoras.

Uno de los problemas más importantes para la salud de los trabajadores son los trastornos músculo-esqueléticos. De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), constituyen una de las principales causas de ausentismo laboral en el mundo. En nuestro país las estadísticas indican que el lumbago se ha mantenido en el tercer lugar de los diagnósticos en el período 2007-2015. Durante este lapso se reportaron, en promedio, más de 10 mil casos anuales. La mayoría de ellos corresponden a trabajadores que, debido a labores de carga asociadas a su trabajo, se ven afectados en su salud.
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El 17 de septiembre comenzó a regir la modificación al Código del Trabajo que reduce el peso de carga máxima permitido para la manipulación manual que hagan trabajadores y trabajadoras. Así, se establece que la manipulación manual sólo será permitida hasta los 25 kilos en el caso de los hombres mayores de 18 años, si esta es inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse. Es bueno recordar que antes de la modificación legal los trabajadores hombres mayores de 18 años, tenían que soportar hasta 50 kilos.
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Respecto de los menores de 18 y las mujeres, sólo podrán cargar hasta 20 kilos en las mismas condiciones antes descritas, debiendo el empleador implementar medidas de seguridad y mitigación, tales como rotación de trabajadores, disminución de las alturas de levantamiento o de la frecuencia con la que se manipula la carga.
Claramente, el objetivo de esta ley es la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, estableciendo un enfoque preventivo para evitar los riesgos derivados del manejo o manipulación manual de carga. Este enfoque no se restringe sólo a no sobrepasar los límites señalados, sino al deber del empleador de realizar una correcta identificación y evaluación de los riesgos, establecer procedimientos de trabajo seguro e informar, y capacitar a los trabajadores sobre la manipulación correcta de las cargas, además de establecer medidas de control para el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo.
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Los trabajadores tienen derecho a realizar su trabajo en condiciones de seguridad, de tal forma que su salud e integridad física y síquica estén debidamente resguardadas. La seguridad y salud laboral son conceptos que forman parte del trabajo decente que impulsa la Organización Internacional del Trabajo (OIT); un trabajo que, en definitiva, debe ser un buen trabajo, con dignidad.
En ese contexto, y a partir de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, firmada en 2015 por la Presidenta Michelle Bachelet, se han impulsado leyes y cambios normativos que protegen la seguridad y la salud de los trabajadores, en un fructífero diálogo social tripartito que permite una base común, entre empleadores, trabajadores y Gobierno, para la construcción de políticas públicas en salud ocupacional. Así esta modificación se convierte en una mejora sustantiva en materia de prevención de los riesgos laborales, reflejando el compromiso y los avances concretos de la tarea desarrollada por el Gobierno, siendo, sin duda, una muy buena noticia para todas y todos los trabajadores.
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*La autora es subsecretaria de Previsión Social.
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