El director del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Andrés Herrera, entrega algunos detalles del proyecto que entrega una facultad sancionatoria al organismo y aclara que no será “juez y parte”. Anticipa, además, que la propuesta debería ingresar al Congreso a fines de esta semana o bien principios de la próxima y espera que el plazo de discusión legislativa no supere los 2 años.

¿Cómo se estructura esta nueva facultad para el Sernac?

En la gestión de los casos individuales, es claro que nuestra institucionalidad no está funcionando. El Sernac necesita mayores atribuciones para que esos pequeños incumplimientos sean resueltos por las empresas. Este proyecto lo que hace es actuar en tres niveles. Establecer que las empresas tengan sistema adecuados de atención de consultas y reclamos; sistema de atención de calidad, es decir, que tenga la obligación de responder al Sernac respecto a los reclamos que lleguen; y un mecanismo que funciona al final de este sistema, que es la potestad sancionatoria del Sernac.

¿Resuelve las dudas de los expertos y que fue impugnado en 2014 por el Tribunal Constitucional (TC) que dijo que el Sernac tenía facultades de juez y parte?

Hay varias razones que nos permiten estar tranquilos respecto de aquello. Lo primero es que cuando se elaboró este proyecto se tuvo a la vista lo que fue el dictamen del Tribunal Constitucional. Se consultaron a especialistas que no estuvieron de acuerdo con el proyecto de 2014, y, por lo tanto, considera los aspectos de la eventual acumulación de facultades que tendría el Sernac. Hay que recordar que esa sentencia dejó al Sernac sin facultad sancionatoria, sin facultad de conciliación, de mediación y de interpretación general, es decir, no solo la sancionatoria, entonces lo que se hace ahora es reponer una facultad, que es la sancionatoria.

Entonces, ¿no debería tener problemas constitucionales?

Lo que uno debería preguntarse es si solamente con otorgar a un órgano administrativo como el Sernac una facultad sancionatoria es o no contraria a la Constitución. Nosotros entendemos que es perfectamente posible, y eso no significa, en caso alguno, que el Sernac se transforme en juez, porque aquí son decisiones administrativas las que va a tomar el Sernac dentro de lo que es su misión de velar por las normas de protección al consumidor. Esta es una labor que cumplen también otros órganos administrativos que resuelven conflictos en materia laboral como la Dirección del Trabajo o de impuestos, como el Servicio de Impuestos Internos. Además, la decisión del Sernac no será definitiva, tendrá control jurisdiccional.

Andrés Herrera, Director del Sernac

¿Cómo operará en la práctica esta nueva facultad?

Lo que contempla el proyecto es la creación de una subdirección sancionatoria independiente que actuará con autonomía y, por lo tanto, lo que va a ocurrir es que profesionales de esa subdirección tramiten estos procedimientos y hagan una propuesta que tendrá que resolver el subdirector de manera independiente. Ahí no va a intervenir el director de turno, sino que la subdirección y el director sólo conocerá los recursos administrativos como recursos jerárquicos.

El Sernac deberá contar con mayor personal, ¿cuál es lo óptimo que espera para pueda funcionar de manera adecuada este servicio?

Estamos en los últimos ajustes. Hemos estado en conversaciones con la Dirección de Presupuestos, con el Ministerio de Economía. Nosotros hemos solicitado una dotación que ronda las 100 personas. El número específico de funcionarios estará en el informe financiero, pero para nosotros lo óptimo es que sean 100 o incluso más funcionarios, pero todo dependerá de las nuevas tecnologías que se puedan implementar para reducir en algunos casos la intervención de las personas. Por ello estamos considerando inversiones tecnológicas que signifiquen una adecuada clasificación de los reclamos, y de esa manera hacer más ágil los procedimientos.

¿La implementación contempla una gradualidad?

Tiene una gradualidad para las normas generales que contempla la ley de 12 meses desde que se publica en el Diario Oficial. En temas sancionatorio, en cambio, tiene una gradualidad parcelada por regiones. En las regiones extremas, es decir, Arica y Parinacota, Taparaca, Aysén, Magallanes, entre otras, empezará a operar después de 18 meses desde la publicación; luego en regiones más del centro, excluyendo la Metropolitana, como Valparaíso, O’Higgins, Biobío, entre otras, 24 meses, y después la Región Metropolitana el plazo es de 30 meses, pero podría ser menos. Todo eso dependerá de la discusión legislativa.

¿Dado que se necesita una mayor contratación de profesionales e implementación tecnológica, a cuánto asciende el presupuesto?

Eso está en revisión todavía. Actualmente, el Sernac tiene un presupuesto anual de entre $16 mil a $17 mil millones. Ahora lo que se está analizando es que el aumento del presupuesto debería rondar los $5 mil millones extra tanto en inversión inicial como permanente, llegando a unos $21 mil millones a $22 mil millones. Eso es lo que está afinando la Dipres con el Ministerio de Economía.

¿Cuáles son los plazos de los procesos administrativos sancionatorios?

Deberían ser de hasta 6 meses. Esa es la regla que nos entrega el procedimiento administrativo. Pero lo que tenemos que hacer son simulaciones para determinar los plazos en casos que sean simples y otras más complejos. De esa manera determinar cuál es el flujo de ese proceso sancionatorio para tener una estimación más real y especifica de los plazos.