Aseguradoras van al Tribunal Constitucional para intentar frenar retiro de rentas vitalicias
El gremio sostiene que no existe certeza de que se puedan realizar los pagos y además advirtió sobre el daño patrimonial a la industria.
La Asociación de Aseguradores de Chile solicitó al Tribunal Constitucional que, en el marco del requerimiento presentado la semana pasada por el gobierno en contra del proyecto que busca implementar un tercer retiro de fondos de las AFP, el cual fue aprobado por el Congreso la semana pasada, se decreten audiencias públicas en las que el gremio pueda plantear su postura.
Ello debido a que, a diferencia de las dos iniciativas anteriores, ahora se incluyó la posibilidad de que se puedan hacer retiros de las rentas vitalicias.
“Esta vez, junto a ese derecho a retirar fondos previsionales, el proyecto de reforma constitucional pretende otorgar a los pensionados en modalidad de renta vitalicia el derecho a obtener un adelanto de sus rentas, igualando así, artificialmente, situaciones jurídicas y económicas del todo diferentes”, señala el escrito presentado el lunes por el gremio ante el TC.
El documento agrega que en cualquier caso, todos los pensionados, de una y otra modalidad, verán afectadas sus pensiones, “una parte por tercera y definitiva vez, pues se quedarán sin fondos de pensiones y los de renta vitalicia, con un impacto inmediato, al mes siguiente de su adelanto, con todo cual se instalará, además, una fuerte presión en las arcas fiscales por un lapso difícil de definir.
Efecto en el patrimonio de las aseguradoras
En cuanto al impacto directo en la industria el gremio indica que “desde luego, se comprenderá que hay un costo financiero al entregar dinero hoy, a cambio de pagos futuros y que para obtener ese dinero hoy, las aseguradoras deberán liquidar masivamente inversiones que, por el giro de negocios, son de largo plazo, lo que acarreará un castigo”.
Asimismo el documento señala que “el daño mayor no es ése, sino el que resulta de constatar que las rentas que pretenden adelantarse, por su naturaleza, jurídicamente no existen, pues nacen día a día, de manera que no están aún y no es seguro que lleguen a estar, en el patrimonio de los asegurados, por lo que no hay nada que anticipar, con lo que el pago que pretende posibilitarse ha de salir directamente de los patrimonios de las aseguradoras”.
En este sentido el gremio sostiene que por tanto “completando el daño, ocurre otro tanto con la pretendida devolución de ese adelanto, pues se prevé que se lleve a efecto a prorrata de rentas de las que no hay certeza que lleguen a existir, pudiendo perfectamente ocurrir que no se complete la devolución”.
Responsabilidad del Estado
El gremio también afirma que la medida afecta en forma especial a las aseguradoras, con el fin de satisfacer una carga de la sociedad toda, esto es, una carga pública, y se lleva a cabo mediante la intervención de contratos cuya irrevocabilidad el legislador ha destacado, importa un quiebre de los principios de igual repartición de las cargas públicas y seguridad jurídica, basales a la democracia constitucional.
Al respecto enfatiza que “ese quiebre de principios fundantes trae aparejada responsabilidad patrimonial del Estado, tanto en el plano del derecho público interno, como en el del derecho público externo, en el cual los diversos tratados internacionales y acuerdos de protección de inversiones han consagrado, para los inversionistas extranjeros, el derecho al trato justo y equitativo y la proscripción de la expropiación regulatoria.
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