Gino Lorenzini anuncia el cierre de Felices y Forrados y de todas sus empresas tras aprobación del proyecto de agentes de mercado
Ahora resta la promulgación y publicación en el Diario Oficial para que se convierta en ley. Esta iniciativa incorpora varios temas que generaron polémica, como la regulación de asesores financieros previsionales; se establece que la banca tiene un interés asegurable a la hora de vender un seguro; y se elimina el anatocismo, entre otros.
Fue en julio de 2015 cuando ingresó al Congreso el proyecto que establece nuevas exigencias de transparencia y reforzamiento de responsabilidades de los agentes de los mercados, y finalmente hoy, después de más de cinco años, se despachó del Parlamento.
Esto, luego de que la sala de la Cámara de Diputados aprobó el informe de la Comisión Mixta que resolvió las discrepancias surgidas en torno al proyecto, con 96 votos a favor, 18 en contra y 12 abstenciones.
De esta manera, ahora falta que el Ejecutivo haga la promulgación y que luego se publique en el Diario Oficial para que se convierta en ley.
La iniciativa busca sancionar conductas abusivas, brindar mayor protección a los accionistas minoritarios y a los inversionistas, clarificar las responsabilidades de los auditores externos y fortalecer el rol de supervisión de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). También obliga a las bolsas de valores a configurar mecanismos de interconexión en tiempo real, y se crea la figura del denunciante anónimo.
Y si bien el proyecto surgió con ese espíritu, entre el año pasado y este año se agregaron otros temas que fueron más polémicos. En primer lugar, que exista una distinción entre los actuales asesores previsionales regulados por la Superintendencia de Pensiones y los que este proyecto ahora llamó “asesores financieros previsionales” .
Así, ahora la iniciativa lo que hace es que estos últimos sean fiscalizados por la Superintendencia de Pensiones y la CMF, y crea un registro adicional y diferenciado de asesores financieros previsionales.
Entre los requisitos se establece que estos últimos deben constituirse en Chile y sus socios y administradores deberán contar con antecedentes comerciales intachables, y acreditar una garantía “para responder de los perjuicios que puedan ocasionar” a quienes los contraten. Si bien el monto lo fijarán los reguladores, la norma establece un piso de 500 UF y un techo de 60.000 UF.
Luego de que se despachó el proyecto, el fundador de Felices y Forrados, Gino Lorenzini, salió a anunciar que cerraría todas sus empresas. Luego, mediante la cuenta de Twitter de Felices y Forrados, comunicaron que “el servicio de sugerencias de FyF funcionaría hasta el 31 de mayo de 2021, o a más tardar 31 de agosto de 2021″.
Detallaron que “en los próximos días informaremos el procedimiento para que puedas compartirnos tu cuenta corriente y así poder gestionar la devolución de los meses remanentes según contrato”.
También dijeron que “Gino Lorenzini ante las graves vulneraciones a sus derechos fundamentales como ser rechazado de candidato constituyente, no haber sido defendido, ni él, ni su familia ante amenazas reiteradas, las 500 publicaciones con mentiras en medios masivos financiadas por el Gobierno de Chile, y la eliminación de Felices y Forrados por ley, ha tomado la decisión de cerrar todas sus empresas, procedimiento que se ejecutará los próximos meses”.
Las otras polémicas
Otro de los temas que incluye este proyecto y que no deja tranquila a la banca, es que se aprobó que haya “interés asegurable en los seguros asociados a obligaciones de crédito de dinero, en los seguros de daños, personas, o de cualquier otro tipo, contratados con el objeto de resguardar los bienes dados en garantía, o asegurar el pago de una obligación de crédito de dinero”.
Al respecto, desde la Asociación de Bancos (ABIF) comentan que “es complejo haber incorporado el concepto de ´interés asegurable´ por parte del oferente de crédito, pues desconoce la naturaleza de los contratos de seguros, donde el beneficiario es el asegurado. Por ejemplo, en un crédito hipotecario, el seguro de desgravamen cancela la deuda del asegurado con el acreedor ante un fallecimiento de éste, y los herederos pueden disponer libremente del inmueble”.
Asimismo, el gremio bancario agregó que “la norma aprobada por la Comisión Mixta no es inocua y puede terminar reduciendo la oferta de este tipo de productos. Esto genera incertidumbre jurídica, judicialización de contratos existentes y encarecimiento del costo de financiamiento, con el consiguiente efecto en desbancarización”.
La ABIF también añadió que “la experiencia comparada, en particular la española tan nombrada en el trámite legislativo, no impone ningún pago compartido entre deudor y acreedor de los seguros asociados de créditos. El deudor, como tomador del seguro, paga la prima y, en caso de reembolso anticipado del crédito, la normativa prevé que se le devuelva la parte de la prima no consumida, tal como es el caso chileno”.
Por otro lado, el proyecto elimina el anatocismo, es decir, el cobro de intereses sobre intereses en el caso de repactaciones por mora. Esto quiere decir que la entidad financiera no podrá cobrar interés sobre los intereses que haya cobrado previamente.
El vicepresidente ejecutivo del Retail Financiero, Claudio Ortiz, dice que esta futura ley “se transformó en una normativa miscelánea que al involucrar diversas materias de alta complejidad, dificultó su tramitación”.
Al respecto, detalló que “esto afectará a múltiples actores del mercado y nuestra industria hará los mejores esfuerzos para cumplir con la regulación y apoyar el desarrollo sustentable del mercado financiero. Estimamos que es un avance en varios capítulos, pero deja algunas dudas de interpretación en otros, sobre todo en relación a las operaciones crediticias. Probablemente la CMF jugará un rol importante en clarificar los criterios específicos que se deban adoptar.”
Interconexión
Este proyecto también plantea la interconexión bursátil, por lo que ahora este tema entra a su fase final y tiene con un plazo de 10 meses, contados desde la publicación de la respectiva ley, para que la nueva norma esté completamente implementada.
La Bolsa Electrónica de Chile (BEC) dijo que se trata de una gran noticia para el mercado de capitales chileno y para los inversionistas en general.
“Es una iniciativa que esta bolsa viene impulsando desde hace 22 años. Estamos convencidos de que tiene tres grandes beneficios: mejora la competencia entre los actores, favorece la liquidez y protege a los inversionistas al garantizar la mejor ejecución de las órdenes”, afirmó Fernando Cañas, presidente de la BEC.
“Fue un proceso muy largo y lento, que finalmente ve la luz. Recordemos que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), hace ya 5 años, hizo una recomendación normativa para la interconexión bursátil automática, vinculante y en tiempo real”, agregó.
“La interconexión permite emparejar la cancha y competir de verdad. Permite terminar con los obstáculos y privilegios de un mercado fragmentado. Cada bolsa utiliza su propia infraestructura y compite, en igualdad de condiciones, para ofrecer sus mejores productos y servicios. Eso le hace bien al mercado y a todos los inversionistas”, explicó Fernando Cañas.
Con todo, hay un plazo de 3 meses contados desde la publicación de la ley para que las bolsas envíen la nueva reglamentación para aprobación de la CMF y luego 120 días corridos para la aprobación de ésta.
“Confiamos en que la CMF, que es la institución llamada a velar por la estabilidad y transparencia del sistema financiero, elabore una normativa que plasme el espíritu de este proyecto de ley, levantando los obstáculos que hoy impiden que el mercado bursátil funcione adecuadamente”, agregó.
“Ahora están dadas todas las condiciones para que la interconexión pueda hacerse realidad. Estamos disponibles para interconectarnos en el más breve plazo posible, para que Chile tenga el mercado bursátil que le corresponde”, concluyó Fernando Cañas.
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