Cámara de Diputados despacha a ley proyecto antievasión y cambios terminarán de concretarse en 2026
La implementación de estas modificaciones será gradual, pero algunas de estas comienzan tan pronto como el primer día del mes siguiente de la publicación de la ley en el Diario Oficial. No obstante, el grueso de las medidas se comenzarán a aplicar en 2025 y estarán totalmente en régimen al año siguiente.
A fines de enero de este año, el gobierno ingresó el proyecto de cumplimiento de obligaciones tributarias más conocido como antievasión. Y en marzo comenzó su tramitación en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados. El 17 de abril, partió la discusión en el Senado, instancia donde la iniciativa tuvo una cirugía mayor, modificándose aspectos centrales de la propuesta original, pero que permitieron que el texto avanzará y que después de casi ocho meses de discusión, el Congreso lo aprobara y despachara a ley.
De esta manera, el gobierno asegura una recaudación de 1,5% del PIB, que son unos US$4.500 millones en régimen. De ellos, US$1.200 millones se podrán sumar el Presupuesto 2025, recursos que se destinarán principalmente a seguridad ciudadana y pensiones.
Si bien se anticipaba una discusión más compleja en la Cámara de Diputados, lo cierto es que temprano en la mañana de este miércoles se comenzaron a dar señales de que el texto podría ser aprobado rápidamente.
A las 9:00 de la mañana la Comisión de Hacienda de la Cámara revisaron los cambios que se le hicieron en el Senado. En esta instancia, los legisladores se mostraron favorables a las modificaciones que se incluyeron en el debate que hubo en la Cámara Alta y, por ende, el proyecto salió de ahí con informe positivo. Con eso se allanó el camino para que la propuesta del gobierno, fuera despachada por el Congreso y quedó listo paea ser ley.
“Hace casi un año y medio, cuando se rechazó el proyecto de reforma tributaria dijimos que estarían celebrando los evasores y quienes lo asesoran. Hoy día decimos que los evasores y quienes lo asesoran tendrán que prepararse, porque aplicaremos las nuevas facultades con todo rigor, porque la evasión y elusión son fuentes de tremendas injusticias”, afirmó el ministro Marcel al término de la sesión.
El destino de los recursos
Una de las preguntas que surgieron en la discusión era cuál sería el destino de los recursos. Y ante esa interrogante el titular de las finanzas públicas detalló para cómo se distribuirán los US$1.200 millones considerados en el Presupuesto 2025. “Ese total se divide en tres tercios: uno para el financiamiento de la PGU, otro tercio a seguridad ciudadana y otro tercio adelantar gastos relacionados con listas de espera y cuidado”.
Más en especificó dijo que: “Se financiarán los proyectos de ley en trámite como el que crea el Ministerio de Seguridad Pública, el fortalecimiento del Ministerio Público, Fiscalía Supraterritorial, monitoreo telemático. También los proyectos de inteligencia del Estado, seguridad municipal, inteligencia economía y defensoría de victima”.
Asimismo, el secretario de Estado agregó un aumento “en un 30% las dotaciones policiales, montos de gratificación de Carabineros, adelantar el llamado a servicio del 2024 y aumentar las plantas de personal de la PDI. A eso se destinarán los recursos”.
Otro de los ejes que se financiará con estos recursos es el aumento gradual de la Pensión Garantizada Universal (PGU). “Se financiará la PGU, tanto en su cobertura como en su reajuste, más el incremento a $250 mil para la población que esté definida en el proyecto de pensiones”.
Los principales cambios que se realizaron en el Senado apuntaron al funcionamiento de la norma antievasión, secreto bancario, gobernanza del SII y denunciante anónimo.
Dos participantes del acuerdo que permitió que este proyecto haya sido despachado a ley son los senadores Ricardo Lagos Weber (PPD) y Juan Antonio Coloma (UDI).
El primero de ellos celebró la aprobación: “Lo que hace este proyecto de ley es que, sin subir ningún tipo de impuesto actual, da atribuciones para perseguir a aquellos que no están pagando lo que debieran pagar. Y hemos visto casos recientes sobre facturas falsas, pues bien, hay mayores atribuciones para eso”.
Mientras que el segundo, sostuvo que “fue un buen acuerdo que cambió la idea original de una megareforma tributaria que subía los impuestos en Chile y afectaba la inversión en Chile a uno que exige el pago de los impuestos con mejores normas para combatir la evasión y la elusión y con una nueva gobernanza del SII”.
¿Cuándo entran en régimen los cambios?
La implementación de estos cambios son graduales, pero comienzan tan pronto como el primer día el primer día del mes siguiente de la publicación de la ley en el diario oficial. La socia tributaria de Pwc, Loreto Pelegrí, lo explica así: “Si la ley se publica en octubre, las primeras normas entrarían en vigencia el 1 de noviembre de 2024″.
No obstante, según las normas transitorias que están en la ley, el grueso de las medidas se comenzarán a aplicar en 2025 para estar totalmente en régimen en 2026.
Pelegrí sostiene que si bien “la regla general es que las normas entrarán en vigencia a contar del primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial, hay varias normas de la Ley de la Renta, Código Tributario y una de IVA que comienzan a regir el 1 de enero de 2025″. Por ello, añade que “el SII deberá emitir las correspondientes circulares para interpretar las nuevas normas aprobadas y además Resoluciones para poder impartir las instrucciones de cumplimiento”.
Para la experta es importante que “se interpreten de forma clara los cambios en la norma antielusiva, las normas de reorganización empresarial y tasación por parte del SII contempladas en el artículo 64 del Código Tributario, cambios en el IVA exportador y la base imponible de IVA en el caso de la venta de bienes a través de plataformas que finalmente van a ser importados a Chile”.
Víctor Fenner, socio adjunto de Impuestos de EY Chile, acota que “como con toda modificación legal, y como la ley lo mandata, el director del SII debe emitir una serie de circulares que instruyan a sus funcionarios sobre cómo interpretar y aplicar las nuevas normas. Dichas Circulares, si bien no son vinculantes para los contribuyentes, le otorgan a éstos mayor certeza de cómo la autoridad entiende y fiscalizará la nueva normativa”.
Menciona también que “hay algunos cambios que entrarán en vigencia ya desde el primero de enero de 2025, por lo cual habrá muy poco plazo para que el SII dicte las instrucciones pertinentes a tiempo”.
Y Francisco Orellana, socio del Área Legal de CCL Auditores Consultores, plantea que “la implementación de las diversas medidas antievasión deberían estar precedidas de una adecuación y preparación normativa institucional de la administración fiscal que se haga pública, puesto que ello va estrechamente vinculado con la certeza jurídica a la que tiene derecho los contribuyentes, de tal modo que puedan conocer previamente las consecuencias de sus actos y cómo comportarse, trabajo que deberá también desplegar la Defensoría del Contribuyente”.
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