Aldo Motta fue condenado a cuatro años de libertad vigilada y con suspensión en cargos públicos y en gerencias. Así lo sentenció el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal, respecto del ex gerente general de las sociedades que controlan SQM, en el marco de uno de los casos más relevantes que afectaron el mercado financiero local, conocido como "Cascadas".
Aldo Motta Camp es acusado de realizar operaciones ficticias y de la venta de acciones bajo el precio de mercado, siendo el primer caso por manipulación bursátil en que la condena reside en el emisor de valores, y no en el corredor de bolsa, como ha ocurrido en casos anteriores.
Ya en octubre, la Fiscalía Centro Norte solicitó una pena de 6 años de cárcel en contra de Motta Camp, "teniendo presente la reiteración y reconociendo sólo la irreprochable conducta anterior del acusado". Esto luego que, tras casi 5 años de investigación y 7 meses de juicio oral, los fiscales Ximena Chong, Tania Sánchez, Tania Sironvalle, Macarena Cañas y Jaime Retamal, quienes lograron acreditar la responsabilidad de Aldo Motta en dos delitos de manipulación bursátil y en un delito de abuso de mercado.
Según explicó la fiscal Ximena Chong en dicho momento, el veredicto condenatorio del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal considera tres hechos. "Ellos dicen relación con operaciones bursátiles de carácter ficticio realizadas durante los años 2010 y 2011 que implicaron el traspaso y posterior recompra de acciones –fundamentalmente las operaciones Pre Linzor y Linzor- perjudicando de este modo a los accionistas minoritarios y además instrumentalizando el mercado".
Y agregó que se dictó veredicto condenatorio "por un conjunto de operaciones entre 2009 y 2011 que implicaron por una parte la acumulación de acciones por parte de una sociedad vinculada a Julio Ponce Lerou, que es la controladora indirecta de las sociedades Cascada y en consecuencia controladora indirecta de SQM, que es SQ, y su posterior venta con un sobreprecio a otra de las sociedades cascada, perjudicando por lo tanto el patrimonio de esta última y beneficiando a esta sociedad del controlador".