CCS explica cómo funcionará el comercio durante los dos días de elecciones

CCS explica cómo funcionará el comercio durante los dos días de elecciones

El domingo 27, y según lo establece la normativa, es un feriado legal no irrenunciable. De esta manera, el comercio podrá funcionar con normalidad, a excepción de los trabajadores que desempeñan funciones en malls, centros o complejos comerciales, que estén administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, debido a que estos locales deberán permanecer cerrados.


Este fin de semana se desarrollarán las elecciones municipales y regionales en el país, y ante los dos días de votaciones con voto obligatorio, desde la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), explicaron cómo va a funcionar el comercio para el sábado 26 y domingo 27 de octubre, según la ley N°21.693.

Así, el gremio detalló que el primer día de votaciones, es decir, el sábado 26, no está contemplado como feriado, por lo que es un día hábil donde se pueden desarrollar con normalidad las actividades comerciales.


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Por otro lado, el domingo 27, y según lo que establece la normativa, es un feriado legal no irrenunciable. De esta manera, el comercio podrá funcionar con normalidad, a excepción de los trabajadores que desempeñan funciones en malls, centros o complejos comerciales, que estén administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, debido a que estos locales deberán permanecer cerrados.

Para las demás actividades comerciales, la ley les permite funcionar según las disposiciones aplicables para los feriados no irrenunciables.

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CCS explica cómo funcionará el comercio durante los dos días de elecciones

“Legalmente los empleadores están obligados a otorgar un permiso de tres horas a sus trabajadores para que puedan ejercer su derecho a voto, sin que este tiempo sea descontado de sus remuneraciones. Este permiso puede ser utilizado el sábado 26 o el domingo 27, según la elección del trabajador”, explicó la presidenta de la CCS, María Teresa Vial.

Asimismo, los empleadores deben otorgar los permisos correspondientes a los trabajadores que sean designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la junta electoral. Un permiso que tampoco debe afectar las remuneraciones de los trabajadores.

En caso de no cumplir con la normativa, los empleadores arriesgan multas que varían entre 3 a 150 UTM, equivalentes entre los $199.683 y los $9.984.150, según el tamaño de la empresa.

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